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21 de mayo de 2020 | 17:00

Amparo sobre protocolos para afrontar la pandemia COVID -19 en villas y asentamientos

Este proceso tramita ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 24

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Villa FOTO: CMCABA

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -CMCABA- informó que ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 24 tramita Acción de Amparo sobre protocolos para afrontar la pandemia COVID -19 en villas y asentamientos.

Noticiasdjudiciales.info reproduce texto difundido por el CMCABA:

“El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario n.° 24, Darío Edgardo Reynoso, hace saber la existencia, objeto y estado procesal del presente amparo caratulado «Álvarez, Ignacio y Otros contra GCBA sobre Amparo – Otros», Expediente n.° 3429/2020-0.

La acción contra el Ejecutivo se formula a fin de que «informe de forma urgente el o los protocolos de actuación y prevención para afrontar la actual pandemia de Covid-19 en villas y asentamientos vulnerables de la Ciudad de Buenos Aires y, en especial, dentro de los barrios y asentamientos del Sur de la Ciudad y de las Comunas 4 y 8, en particular. En subsidio y en el supuesto de que no hayan sido elaboradas, que informe de manera urgente toda otra medida a adoptar para las zonas y población mencionadas, ordenándose la elaboración de los protocolos pertinentes, y dando participación en dicha tarea a las diversas áreas de Gobierno involucradas».

A tal efecto, otorgar un plazo de diez (10) días para que se presenten en el expediente, constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda, a todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el proceso –ya sea como actora o demandada–, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado, y sin perjuicio de lo previsto en el artículo 84 y ss. del CCAyT.

Las presentaciones deberán ser remitidas al correo electrónico juzcayt24@jusbaires.gob.ar. Los interesados deberán tener en cuenta que este proceso colectivo tramita como una acción de amparo y el estado en el que se encuentra su trámite. A su vez, deberán indicar de modo claro y concreto cuál es su contribución sustancial novedosa. Serán rechazadas in límine las presentaciones que reiteren lo ya argumentado en el escrito de inicio y que no importen una contribución sustancial al desarrollo del proceso por su pertinencia con el objeto de debate y su relevancia para la decisión del caso.

Se hace saber que el expediente podrá ser consultado a través de la página web eje.juscaba.gob.ar/iol-ui/p/inicio y que el expediente tramita por ante la secretaría n.° 47.-