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30 de mayo de 2014 | 17:00

Apelaron el fallo que declara la inconstitucionalidad del acuerdo con Irán sobre el atentado a la AMIA

El recurso de apelación fue presentado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación

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Atentado a la AMIA FOTO: WEB

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación apeló el el fallo que declara la inconstitucionalidad del memorándum celebrado con Irán sobre el atentado a la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina – ataque perpetrado el 18 de junio de 1994 que ocasionó la muerte de 86 personas - .

noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por la Secretaría de Comunicación Pública – Presidencia de la Nación -:

"El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos apeló hoy ante la Cámara Federal de Casación Penal, la sentencia de la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital, que declaró inconstitucionales el Memorándum suscripto por el Poder Ejecutivo Nacional con la República Islámica de Irán y la Ley Nº 26.843 por la cual fue aprobado por el Congreso de la Nación.

“La sentencia dictada es arbitraria” porque “invade la esfera de actuación del Poder Ejecutivo y del Congreso, cercenando las facultades que la Constitución expresamente otorga a estos dos poderes, y que conforme expresa todo el ordenamiento jurídico nacional e internacional está vedado al análisis del Poder Judicial” manifiesta el escrito presentado esta mañana.

“La Cámara se ha apartado arbitrariamente y sin fundamentación de las normas que regulan un proceso de amparo”, lo cual genera “incertidumbre jurídica”, indica.

El objeto de la presentación es que “la Cámara Federal de Casación Penal emita un pronunciamiento que cese la resolución impugnada, declare improcedente la acción de amparo intentada y rechace la pretensión dirigida contra el Estado Nacional”.

La apelación destaca que “el tribunal ha cometido un exceso de competencia respecto de los planteos efectuados por los amparistas, y consiguientemente ha violentado el derecho de defensa en juicio del Poder Ejecutivo, al expedirse sobre cuestiones de la cuales no se habían agraviado los apelantes, las que tampoco fueron incluidas en el escrito de contestación de agravios presentado por el Estado Nacional”.

Asimismo, luego de afirmar que “la sentencia de la Cámara resuelve sobre lo que no tiene que resolver y ordena a quien no tiene que ordenar”, el documento presentado hoy dice que “admitir la acción de amparo no obedeció a un razonado análisis de los antecedentes, sino que se sustentó en afirmaciones respecto del alcance que le asignó a la norma cuya constitucionalidad fuera controvertida”.