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27 de agosto de 2009 | 17:00

COMSAT recurre a la Justicia de la Ciudad y a la Justicia Federal para no pagar impuestos

Son más de 40 millones de pesos que la Ciudad reclama como impuesto a la empresa COMSAT por el uso de espacios aéreos.La empresa solicitó similares medidas cautelares ante la Justicia Federal y ante la Justicia local.

Por Florencia Stero
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COMSAT recurre  a la Justicia de la Ciudad y a la Justicia Federal para no pagar impuestos

La empresa COMSAT lleva adelante una disputa contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires -GCBA - para lograr para eximirse del pago de más de 40 millones de pesos por el uso del espacio aéreo público y privado, originado en el funcionamiento de sus antenas. La primera de estas demandas judiciales fue iniciada ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal.

La Sala IV en lo Contencioso Administrativo Federal no dio curso a la medida cautelar en la que se pretendía que la Ciudad se abstuviese de emitir facturas y reclamar los pagos durante la tramitación del juicio, COMSAT posteriormente decidió efectuar una presentacion de idénticas características ante la Justicia Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad.

Un nuevo conflicto se originó, cuando al Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad llegó un recurso presentado por el GCBA motivado en la decisión de la Justicia local de hacer lugar a la medida cautelar que ya había sido negada por la Justicia Federal. Todo ello en clara violación al debido proceso que debieron tener en cuenta los Jueces de la Justicia local al emitir su resolución .Además, sobre esta situación, no se notificó al GCABA hasta que la medida fue finalmente adoptada.

Ahora el Superior Tribunal decidió hacer lugar a la demanda del Gobierno porteño por la identidad de causa, objeto y sujetos que tienen ambas solicitudes y archivar la causa que tramitaba en la jurisdicción local debido a que la que tramita ante el fuero federal es de fecha anterior.

El objeto en las dos presentaciones efectuadas por la empresa COMSAT Argentina SA – dueña de antenas de telecomunicaciones - es lograr eximirse del pago del tributo en cuestión, que solamente entre los años 2003 a 2005 generó una deuda con la Ciudad de más de 40 millones de pesos.

Según la empresa su pretensión está fundada en el Art. 39º de la Ley Nacional nro.19.798, pero el GCBA entiende que dicha norma le resulta inaplicable por su carácter de empresa privada, ya que la mentada norma fue dictada cuando las empresas prestatarias de servicios públicos eran estatales, y luego se sancionó la Ley Nacional nro. 22.016 que modifica la situacion sobre la cual se basa COMSAT para exigir su eximición.

Además, la Ciudad ha dicho que se violentarían las potestades tributarias que son de su competencia ya que la Nación no tiene el poder para eximir de tributos locales a ningún particular. Ahora COMSAT deberá esperar a que se resuelva el fondo de la cuestión en la Justicia federal, porque tanto la Cámara como la Corte Suprema le negaron la medida cautelar por la que pretendían no efectuar pagos por el tributo hasta la resolución del conflicto.

En tanto, el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad aprovechó la oportunidad para deslizar un reto a la Cámara interviniente por no haber tenido en cuenta los datos que obraban en la causa en los que constaban las fotocopias de la causa “COMSAT Argentina SA c/ GCBA -Ley 19798- y otro s/ proceso de conocimiento”, que tramita ante la Justicia Federal.

Señalaron que ello implicó “un grosero error que genera un gravamen irreparable en los derechos de la demandada, ya que se encuentra imposibilitada de continuar su tarea recaudadora de impuestos respecto de la actora, con los perjuicios que ello acarrea, fruto de una decisión judicial claramente arbitraria”.

Por este motivo, a los efectos del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el GCBA, la sentencia de Cámara resulta equiparable a definitiva.