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15 de agosto de 2012 | 15:00

Confirman decisión que rechaza pedido de autorización para la compra de dólares estadounidenses

Es una medida adoptada por la Sala I de la Cámara Federal de La Plata – Provincia de Buenos Aires - .

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Dólares estadounidenses

La Sala I de la Cámara Federal de La Plata –Provincia de Buenos Aires -  confirmó la decisión que rechaza pedido de autorización para la compra de dólares estadounidenses. Los Jueces de Cámara Julio Víctor Reboredo y Carlos Román Compareid manifestaron “conviene adelantar que la medida denominada medida o acción autosatisfactiva no resulta en el sub examine la vía adecuada e idónea para zanjar la cuestión debatida en autos” y agregaron “la medida autosatisfactiva es aquella de carácter urgente, autónoma, dictada, en principio, inaudita parte y que responde a una situación que requiere necesariamente una imperiosa solución prescindiendo de un proceso principal y en el cual se hace prevalecer el principio de celeridad, que obliga a reducir la cognición y a postergar la bilateralidad, con el fin de otorgar una tutela eficaz y rápida.”

También los Dres. Julio Víctor Reboredo y Carlos Román Compareid precisaron “el peligro en la demora consiste en el riesgo de que una eventual sentencia favorable al actor sea inejecutable, entendiéndose por ello que la negación de esa tutela previa ocasione un perjuicio que convierta en extremo dificultosa o imposible su reparación mediante el dictado de esa hipotética sentencia estimatoria de la pretensión. No se trata, así, de cualquier daño o peligro para el interés del actor, sino de uno que arruine la posibilidad de que, si obtuviese luego una sentencia favorable, ésta pueda ser cumplida. Si ese peligro no existiese, carecería de sentido conceder la medida cautelar aunque se estimase verosímil el derecho, ya que –en esta hipótesis- correspondería sustanciar el proceso íntegramente y, tras obtener sentencia favorable, aguardar su cumplimiento voluntario o, en su defecto, ejecutarla forzosamente.”

En la decisión adoptada por los Jueces de Cámara Julio Víctor Reboredo y Carlos Román Compareid se expresa además que “el limitado marco cognoscitivo que caracteriza a las medidas autosatisfactivas resulta, en el caso particular, un verdadero obstáculo a fin de evaluar la legalidad de las normas cuestionadas, así como la voluntad del organismo fiscal en la constancia luciente a fojas 3, concretamente en torno a si la autorización allí expedida incluyó también a la accionante de autos. Además se señala “que atento la naturaleza de neto contenido patrimonial que reviste la cuestión debatida y las características propias de la acción intentada, a la que ya se hiciera referencia anteriormente, no aparece configurada la existencia de ‘peligro en la demora’ que genere al requirente la producción de perjuicios cuya reparación se torne dificultosa o imposible.” Las actuaciones fueron iniciadas por una mujer que quiere comprar divisa extranjera porque se radicará en Canadá.