El Gobierno de la Ciudad debe poner a disposicion de la ciudadanía toda documentación atinente a su gestión
Resolucion de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de una acción de amparo presentada por la Asesoría General Tutelar
La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó el deber que tiene el Gobierno de la Ciudad de difundir sus actos. Los Jueces de Cámara Esteban Centanaro y Mabel Daniele en el marco de una acción de amparo presentada por la la Asesoría General Tutelar –AGT- señalaron que las autoridades deben “ arbitrar los medios idóneos para poner a disposición de la ciudadanía toda la información y documentación atinente a su gestión”. La AGT efectuó la presentación ante la negativa a brindar información - copia del acto administrativo que adoptó la medida de protección especial de derechos, datos del abogado asignado para la asistencia técnica del joven, etc. - sobre el ingreso de un menor de edad - C.R.E - en la Fundación “Programa Imagen”. Los integrantes de la Sala II ratificaron la resolución dictada en Primera Instancia.
Tambien los Dres. Esteban Centanaro y Mabel Daniele en el expediente expediente “ ASESORIA TUTELAR GENERAL DE LA CABA (OFICIO 4029/08) c/ GCBA s/ AMPARO(ART. 14 CCABA)” precisaron que el Art. 1° de la Ley N° 104 establece que "Toda persona persona tiene derecho, de conformidad con el principio de publicidad de los actos de gobierno, a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano perteneciente a la administración central, descentralizada, de entes autárquicos, empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias”.