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23 de septiembre de 2010 | 17:00

El Gobierno de la Ciudad debe poner a disposicion de la ciudadanía toda documentación atinente a su gestión

Resolucion de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de una acción de amparo presentada por la Asesoría General Tutelar

Por Leonardo Scolpatti
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Palacio de los Tribunales

La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó el deber que tiene el Gobierno de la Ciudad de difundir sus actos. Los Jueces de Cámara Esteban Centanaro y Mabel Daniele en el marco de una acción de amparo presentada por la la Asesoría General Tutelar –AGT- señalaron que las autoridades deben “ arbitrar los medios idóneos para poner a disposición de la ciudadanía toda la información y documentación atinente a su gestión”. La AGT efectuó la presentación ante la negativa a brindar información - copia del acto administrativo que adoptó la medida de protección especial de derechos, datos del abogado asignado para la asistencia técnica del joven, etc. - sobre el ingreso de un menor de edad - C.R.E - en la Fundación “Programa Imagen”. Los integrantes de la Sala II ratificaron la resolución dictada en Primera Instancia.

Tambien los Dres. Esteban Centanaro y Mabel Daniele en el expediente expediente “ ASESORIA TUTELAR GENERAL DE LA CABA (OFICIO 4029/08) c/ GCBA s/ AMPARO(ART. 14 CCABA)” precisaron que el Art. 1° de la Ley N° 104 establece que "Toda persona persona tiene derecho, de conformidad con el principio de publicidad de los actos de gobierno, a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano perteneciente a la administración central, descentralizada, de entes autárquicos, empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias”.