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10 de marzo de 2011 | 17:00

“El delito de usurpación fue transferido a la ciudad por el Congreso”

Declaración del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Dr. Julio Alak sobre la ocupación ilegal de viviendas ubicadas en Villa Soldati.

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Ocupación de viviendas en Villa Soldati

El Ministro de Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Dr. Julio Alak en declaraciones efectuadas sobre la ocupación ilegal de viviendas ubicadas en Villa Soldati –Ciudad Autónoma de Buenos Aires – manifestó que “ la competencia es de la Justicia Contravencional, Penal y de Faltas de la Ciudad. El delito de usurpación fue transferido a la ciudad por el Congreso. Quien debe intervenir son los tribunales de la Capital”.También precisó que " la policía competente es la Policía Metropolitana, no la Federal. Tuvieron tiempo suficiente para tener una fuerza que pueda cumplir con las órdenes emergentes de la Justicia". Además el Dr. Julio Alak, durante un programa de televisión, señaló que “ la Ciudad está solicitando la transferencia de nuevos delitos. Si lo hacen es porque pueden alistar la fuerza suficiente de la Policía Metropolitana".

Ayer el Juez Federal de Quilmes – Provincia de Buenos Aires - , Dr. Luis Armella ordenó el desalojo del predio ubicado en las calles Lafuente, Castañares y Portela.La medida fue dispuesta en el marco de expediente “ Mendoza, Beatriz y otros s/ ejecución de sentencia”, dentro de las actuaciones creadas para dar cumplimiento al objetivo carat. “ACUMAR s/ Urbanización de villas y asentamientos precarios” (n° 25/09) - ejecución de sentencia que fuera delegada por la CSJN en fecha 08-07-08”.

“Librar orden de allanamiento para que el Sr. Presidente de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo, Dr. Juan José Mussi, en forma conjunta y coordinada con las Fuerzas de Seguridad que disponga la Sra. Ministro de Seguridad de la Nación, Dra. Nilda Garré y la Policía Metropolitana junto al personal que se designe como idóneo en la materia, procedan el día 10 de Marzo de 2011, a partir de las 8 hs., con habilitación de día y hora inhábil y hasta su finalización - art. 224, 225 ss. y cc. del CPPN, al registro domiciliario de las viviendas ubicadas en el predio sito en las calles Lafuente, Castañares y Portela de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, procedan al total desalojo e identificación, en la medida de lo posible, de quienes lo hayan usurpado y se encuentren ocupándolo para dar lugar al inmediato reintegro de la posesión a la Cooperación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado y a las Autoridades de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo” expresó el Dr. Luis Armella.