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25 de noviembre de 2016 | 17:00

Guía de actuación en casos de violencia doméstica contra las mujeres

El documento fue elaborado en el ámbito del Ministerio Público Fiscal de la Nación

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MPFN  FOTO: MPFN

El Ministerio Público Fiscal de la Nación –MPFN- informó que la Dra. Alejandra Gils Carbó  -Procuradora General de la Nación - aprobó hoy la Guía de actuación en casos de violencia doméstica contra las mujeres, elaborada por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres /UFEM) y la Dirección General de Políticas de Género /DGPG. Desde el MPFN señalaron que el documento se elaboró con la colaboración de fiscales del fuero nacional y la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas /DOVIC.

noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el MPFN:

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, aprobó hoy la Guía de actuación en casos de violencia doméstica contra las mujeres, elaborada por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) y la Dirección General de Políticas de Género (DGPG), con la colaboración de fiscales del fuero nacional —quienes participaron del proceso de diseño y validación final del documento— y la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC). El documento pretende ser "una herramienta para fortalecer la intervención de las/los representantes del Ministerio Público Fiscal de la Nación (MPF)", tanto en la etapa de instrucción, como durante el juicio oral. La versión final incluye las observaciones y correcciones enviadas por los fiscales Claudia Katok, Daniel Pablovsky, Cinthia Oberlander, Ariel Yapur, Estela Andrades, Eduardo Rosende, Mariano De Guzmán y Paula Asaro.

El material fue nutrido "de la experiencia de las/los fiscales en la intervención en casos, de buenas prácticas de otros sistemas de justicia, de instrumentos comparados y de los lineamientos establecidos por los organismos internacionales de derechos humanos".

El proceso de elaboración, que insumió dos años de trabajo, comenzó en noviembre de 2014, con una reunión convocada por la Dirección General de Políticas de Género de la que participaron los titulares de las fiscalías Correccionales Nº 10, 14 y de los distritos de Saavedra-Nuñez, Laura Belloqui, Ariel Yapur y Claudia Katok respectivamente; de las fiscalías de Instrucción Nº 24, 28, 31, 39 y de los distritos de La boca-Barracas, Sandro Abraldes, Graciela Gils Carbó, Aldo de la Fuente, Paula Asaro y Susana Calleja; de la Fiscalía General N°22 ante los Tribunales Orales en lo Criminal, Marcelo Martínez Burgos; representantes de las fiscalías de Instrucción Nº 4 y 49 y la fiscal ante los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo Civil, Mónica Susana Mauri.

Entre otros puntos destacados, el texto plantea que "los agresores realizan de manera reiterada conductas que configuran distintos delitos en perjuicio de las víctimas (amenazas, lesiones, abusos sexuales, etc.). Si bien todos esos delitos son manifestaciones de un mismo conflicto, con frecuencia ingresan al sistema penal de manera aislada (por prevención de las fuerzas de seguridad o por denuncia de las víctimas, sus familiares, profesionales de la salud, servicios sociales, etc.). Esto da lugar a la fragmentación de los hechos en varias causas judiciales, que tramitan en distintas jurisdicciones y fueros". Esto implica una dispersión de causas que multiplica los esfuerzos de las víctimas, ya que deben "declarar varias veces sobre los mismos hechos y peregrinar por distintos despachos judiciales", lo que significa incrementar los riesgos de revictimización. Así, la Guía sugiere que se plantee la acumulación de las causas existentes.

Además, recomienda estrategias a la hora de tomar las declaraciones testimoniales de las víctimas. Incluso dedica un aparatado especial a las mujeres que deciden no instar a la acción penal contra los agresores por la vulnerabilidad de su situación personal, afectiva, económica, familiar o social.

 

El documento elaborado por las dependencias de la Procuración General de la Nación a cargo de Mariela Labozzetta y Romina Pzellinsky incluye una "Lista de verificación - Guía práctica de medidas", que permite a los operadores del servicio de justicia despejar dudas y no obviar ningún paso que ponga en riesgo o revictimice a la víctima, sin comprometer el avance de la investigación.

Además, como recursos para el trabajo cotidiano de las fiscalías, ofrece un modelo de oficio para enviar al Cuerpo Médico Forense y otro redactado para solicitar restricción del uso del arma, remisión de legajos personales y sumarios disciplinarios de miembros de las fuerzas armadas o de seguridad. Por último, pone a disposición una extensa lista de preguntas sugeridas para las testimoniales agrupadas por cada tipo genérico de hechos.

La Ley de Protección Integral (N°26485) define a la violencia doméstica como “aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia”.