Legislatura
IDT
NoticiasJudiciales.INFO tiene su cuenta en Twitter : @NJudiciales La Dra. Ana María Figueroa es la nueva Presidente de la Cámara Federal de Casación Penal Otorgó la Corte Suprema de Justicia de la Nación una medalla al Dr. Raul Zaffaroni en reconocimiento por su paso por el Alto Tribunal de la República Argentina Proponen al Dr. Roberto Manuel Carles para cubrir vacante en la Corte Suprema de Justicia de la Nación La denuncia por presunto encubrimiento en la investigación de la causa AMIA quedó radicada ante el Juez Daniel Rafecas
19 de octubre de 2009 | 17:00

Indemnizan a Boca Juniors por la comercialización de productos no autorizados

En un local se comercializaban prendas de vestir y otros artículos que infringían los derechos marcarios de los cuales es titular la Asociación Civil Club Atlético Boca Juniors.

Cambiar tamaño
Boca Juniors

La Cámara en lo Civil y Comercial Federal ordenó que la titular de un local de productos de merchandising de equipos de fútbol indemnice a Boca Juniors por la comercialización de prendas de vestir y otros artículos que infringían los derechos marcarios de los que es titular el club de la ribera.

La medida la dispuso la Sala II de la Cámara en el marco de los autos “ASOCIACIÓN CIVIL CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS C/ A, S E / CESE DE USO DE MARCAS. DAÑOS Y PERJUICIOS” en donde la entidad deportiva inició acciones por el uso irregular de productos del equipo que eran vendidos sin la debida autorización que su comercialización necesita.

Según consta en las actuaciones a las que tuvo acceso NoticasJudiciales.INFO se comprobó que, en un local de Avda. Corrientes al 3000, se comercializaban prendas de vestir y otros artículos que infringían los derechos marcarios de los que es titular la Asociación Civil Club Atlético Boca Juniors.

En esta oportunidad, entre los representantes de dicha Asociación Civil y a propietaria y explotadora del negocio -dedicado a la venta de indumentaria deportiva-, se firmó un convenio por el cual esta última reconoció el mejor derecho de la otra parte al uso de las marcas en cuestión y se comprometió a no volver a usarla en el futuro sin la pertinente autorización.

Además se acordó, para poner fin al procedimiento, que la titular del negocio de indumentaria deportiva abonaría $ 300 en concepto de indemnización de los daños y perjuicios causados y se estipuló como cláusula 5º que abonaría una multa de u$s 100 por cada producto en infracción marcaría a los títulos de Boca Juniors: "que en el futuro comercialicen los infractores.

Poco tiempo después de firmado este acuerdo se realizó un nuevo procedimiento judicial en el comercio indicado y se verificó que no se había respetado su compromiso de no usar las marcas de la Asociación Civil Club Atlético Boca Juniors y que en el local se encontraban objetos en infracción, en número de 504 artículos (remeras, escudos, transfer, camisetas, shorts, estandartes y bufandas).

Frente a esta situación la titular de las marcas de Boca Juniors ("Boca", "Escudo de Boca Juniors", "Xeneixes" y anexas) inició la instancia de mediación previa y como ésta resultó infructuosa, para conseguir que judicialmente se ordenara a la infractora a cesar en el uso de las marcas y le indemnizara los daños y perjuicios que con ese empleo ilegítimo le había causado, promovió la demanda de autos.

En Primera Instancia el Juez consideró probadas las infracciones marcarias en que se basa la demanda y dispuso como condena cesar en el uso de las marcas de la contraria en el término de diez días corridos y asimismo, hizo lugar al reclamo resarcitorio fijando la suma de $ 30.000 como indemnización por los daños y perjuicios causados por el uso indebido de las marcas ajenas.

Cuando los Camaristas, Eduardo Vocos Conesa, Alfredo Gusman y Ricardo Guarinoni, analizaron el caso, a raíz del recurso de apelación interpuesto por la demandada, dieron por probadas las infracciones relatadas por el Club Boca Juniors y confirmaron la sentencia de Primera Instancia que dispuso el pago de una indemnización a favor de la entidad deportiva.