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26 de agosto de 2015 | 17:00

Informan sobre el procedimiento para solicitar la intervención judicial de líneas telefónicas y cuentas de e-mail

Se desarrolló una reunión en el Consejo de la Magistratura / Poder Judicial de la Nación

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Reunión  FOTO: CMPJN

El Consejo de la Magistratura/ Poder Judicial de la Nación –CMPJN- informó que la Dra.Cristina Caamaño - Directora General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal /DATIP), dependiente de la Procuración General de la Nación – informó a la Dra. Gabriela Vázquez – Presidente del CMPJN- sobre el procedimiento para solicitar las intervenciones judiciales de líneas telefónicas y cuentas de e-mail. 

noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el CMPJN:

“La Presidenta del Consejo de la Magistratura, Dra. Gabriela A. Vázquez, mantuvo una reunión con la Dra. Cristina Caamaño, Directora General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), dependiente de la Procuración General de la Nación.

El motivo de la reunión fue informar al Consejo de la Magistratura el procedimiento que deben seguir las y los Magistrados al solicitar una interceptación telefónica.

A continuación transcribimos la comunicación efectuada por la DATIP.

 Procedimiento al solicitar una interceptación telefónica

La Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) informa que a través de la ley N° 27.126, modificatoria de la Ley de Inteligencia Nacional N°25.520, se creó la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) y se transfirió al ámbito de la Procuración General de la Nación los recursos y funciones de la ex Dirección de Observaciones Judiciales (DOJ). Actualmente esta tarea se lleva adelante desde el Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones (DICOM), que depende de la DATIP.

La DATIP presta servicios auxiliares al trabajo de las distintas dependencias del Ministerio Público Fiscal, asesorando sobre los insumos tecnológicos y forenses necesarios para el desarrollo de las investigaciones, y es en esta misma lógica que se inscribe la labor del DICOM: la de apoyar y fortalecer la labor fiscal y judicial en general.

A continuación se detalla el correcto procedimiento que debe utilizarse para solicitar la interceptación de telecomunicaciones:

La solicitud se realiza por oficio dirigido al Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones (DICOM), con domicilio de mesa de entradas en Avenida De los Incas 3834, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los pedidos pueden ser adelantados por fax al 4551-2145 si son remitidos desde el Área Metropolitana de Buenos Aires y al 4551-0452 si provienen del resto del país. En ambos casos, se solicita al remitente que confirme la correcta recepción del fax mediante un llamado al 4556-9660. Si el fax es recibido correctamente, el Departamento considera que no resulta necesaria la remisión del oficio original, que en todos los casos deberá contener:

• Los datos del juzgado o fiscalía solicitante y su titular

• Teléfono y correo electrónico oficial

• Número de causa

• Carátula del expediente (optativo)

• Las líneas telefónicas y radiales, cuentas de e-mail o servicio web que se vinculan a la medida

• El plazo de duración de la medida ordenada

Los oficios deben ser firmados por el juez, fiscal o secretario (o cargo equivalente). En este último caso, deberá aclararse que el funcionario suscribe por orden del titular del juzgado o fiscalía. En igual sentido,  la firma debe contar con su correspondiente sello aclaratorio (legible).

Asimismo, la autoridad requirente deberá remitir otro oficio sintético, indicando exclusivamente los números a ser intervenidos, para que el DICOM lo adjunte al pedido que remitirá a la empresa de servicios telefónicos responsable de ejecutar la derivación de la comunicación.

Por consultas relativas al procedimiento para solicitar la interceptación de las telecomunicaciones, puede contactarse al correo electrónico dicom@mpf.gob.ar o a los teléfonos 4556-9613/9614

Asimismo, se hace saber, que para cumplir con sus funciones, el DICOM tiene a su cargo las siguientes tareas:

• Interceptar y registrar las comunicaciones cuando se dan los supuestos legales que habilitan este tipo de medidas

• Cumplir con el deber de confidencialidad respecto de la información obtenida

• Distribuir el material producido a raíz de la interceptación para ponerlo a disposición de las autoridades judiciales requirentes de la medida

• Disponer medidas de resguardo de la información vinculada a las comunicaciones interceptadas y su contenido a fin de cumplir las órdenes judiciales y prevenir divulgaciones indebidas de ese material

• Organizar y administrar un espacio destinado a que las fuerzas de seguridad y otros auxiliares de la justicia puedan escuchar en forma directa las interceptaciones que se ordenan

• Facilitar la realización de escuchas directas con personal que tiene bajo su dirección funcional para casos urgentes o por disposición de la autoridad judicial

• Gestionar todas las solicitudes que se canalizan a través de las concentraciones con asiento en todo el territorio argentino.

• Administrar y optimizar los recursos tecnológicos disponibles a fin de garantizar el funcionamiento del Departamento.

• Participar de todas las acciones institucionales con el objeto de favorecer el desarrollo tecnológico en materia de interceptación

• Favorecer instancias de articulación con las empresas prestatarias de servicios de comunicaciones y con las autoridades públicas que regulan y controlan este tipo de servicios.

• Integrar mesas de trabajo con referentes de la sociedad civil a fin de dar a conocer todo el marco general de actuación del DICOM, favoreciendo la transparencia en la gestión y la rendición de cuentas, sin afectar la reserva de las investigaciones judiciales en las que se desarrollan las interceptaciones.

• Elevar periódicamente informes de diagnóstico y evolución del trabajo a la PGN.

Para más información: www.mpf.gob.ar / www.fiscales.gob.ar”.