La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó solicitud de feriado judicial para una Fiscalía
Además señaló que el Ministerio Público de la Defensa resuelve en forma autónoma los feriados para las Defensorías.
Por Julio García Elorrio

La Corte Suprema de Justicia de la Nación –CSJN - rechazó una solicitud del Secretario de la Procuración General de la Nación para que se decrete “feriado judicial” en la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 37 durante 3 días “con el fin de realizar tareas de pintura”. La CSJN en su decisión señaló “en virtud de lo dispuesto por el artículo 120 de la Constitución Nacional, el Ministerio Público tiene autonomía funcional y autarquía financiera”- Además precisó que el Procurador General de la Nación tiene “la atribución de ejercer la superintendencia general sobre los miembros del Ministerio Público Fiscal, dictar los reglamentos e instrucciones generales para establecer una adecuada distribución del trabajo entre sus integrantes”.
También la CSJN manifestó “que el Ministerio Público de la Defensa resuelve en forma autónoma los feriados para las defensorías” y expresó “corresponde denegar la petición de "feria judicial" para la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 37 y hacer saber a la Procuración General de la Nación que, en el futuro, el Tribunal no proveerá las solicitudes de feriados para las fiscalías, las que deberán ser resueltas en el ámbito del Ministerio Publico Fiscal”. Durante muchos años el Presidente de la CSJN decretó “feriados judiciales” para las Fiscalías en casos de mudanzas, trabajos de pintura y obras de remodelación – Acordadas 109/73, 1034/79, 740/82, 749/82 y 881/01, entre otras -.