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19 de febrero de 2010 | 17:00

La Corte Suprema de Justicia señalo el exceso del ejercicio de las competencias reglamentarias del Consejo de la Magistratura

El Alto Tribunal de la República Argentina a través del dictado de la Acordada nro. 3/2010 declaró inválida una resolución que estableció la competencia para ejercer funciones de superintendencia sobre funcionarios y empleados.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación –CSJN – a través del dictado de la Acordada nro. 3/2010 invalidó una resolución del Consejo de la Magistratura / Poder Judicial de la Nación- CMPJN- que estableció su competencia para ejercer funciones de superintendencia sobre sus funcionarios y empleados. La CSJN señaló que “como órgano supremo del Poder Judicial de la Nación, tiene a su cargo el aseguramiento de la indispensable unidad y orden jerárquico en lo que hace al personal que integra dicho poder” y que la pretensión del CMPJN para decidir sobre cuestiones de superintendencia de naturaleza extraordinaria “configura un exceso en el ejercicio de las competencias reglamentarias que se le asignan en la Constitución Nacional

También en la Acordada CSJN nro. 3/2010 se establece que se “ ha afirmado que los ‘funcionarios y empleados del Consejo de la Magistratura y del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados lo son del Poder Judicial de la Nación, y sobre ellos ejerce originariamente superintendencia la Corte Suprema”. Además la Acordada nro. 3/2010 señala que “ por la resolución 400/09 del Consejo ha entendido que, en ejercicio de sus facultades de dictar reglamentos relacionados con la organización judicial, es competente para ejercer superintendencia en materia de licencias extraordinarias sobre los empleados y funcionarios de todas sus dependencias”.