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04 de julio de 2014 | 17:00

La Dra. Stella Maris Martínez presentó observaciones contra proyecto de ley sobre flagrancia

La Defensora General de la Nación afirma que la iniciativa pretende que las personas detenidas puedan no obtener su libertad desde las Comisarias

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Dra. Stella Maris Martínez  FOTO:  WEB

La Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez presentó observaciones contra proyecto de ley sobre flagrancia. La titular del Ministerio Público de la Defensa de la Nación –MPDN – señala que la iniciativa pretende que las personas detenidas no puedan obtener su libertad desde las Comisarias.

noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el MPDN:

“La Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez, remitió a la Comisión de Legislación Penal  de la Cámara de Diputados de la Nación un escrito donde transmite su preocupación de que se transforme en ley un proyecto presentado por diputados del PRO  que busca incluir, en el Código Procesal Penal de la Nación vigente, un procedimiento de flagrancia que, entre sus puntos, pretende evitar que las personas que son detenidas puedan obtener su libertad desde la comisaría.

En el escrito enviado a la presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Patricia Bullrich, la Defensora General plantea las razones por las que la propuesta debería ser rechazada y sostiene que el cambio tiene que ser integral y no un nuevo parche que continúe rompiendo la lógica interna del sistema. El ordenamiento procesal ya cuenta actualmente con un sistema de instrucción sumaria, limitado a que la persona pueda afrontar el proceso en libertad.

También descarta que el tiempo que necesita la puesta en funcionamiento del nuevo Código Procesal Penal, justifique la implementación de este procedimiento en la transición. Para que el sistema funcione adecuadamente se necesita capacitar a los operadores y esta tarea debe ser llevada a cabo con seriedad y cuidado de modo tal que no se puede poner en funcionamiento inmediatamente. Por último señala que, por la naturaleza del cambio y los casos que abarcará, la defensa pública no cuenta con los medios para afrontar dicha transformación.

En referencia al análisis del articulado de la propuesta, cabe resaltar que la técnica legislativa utilizada en el proyecto presentará problemas en la práctica en lo que respecta a la interpretación del término “flagrancia” (que dejará un amplísimo margen de consideración al juzgador respecto de la aplicación o no del instituto), a los términos en los que deberá ser presentado el detenido ante el juez, a la posibilidad que se otorga a la víctima para que declare sin la presencia del imputado y al momento en el que se dispone la prisión preventiva (recién en la audiencia de clausura).

Por otro lado, el escrito también critica que se vuelva a poner en cabeza de los jueces la producción de medidas que en el sistema de instrucción sumaria vigente estaba a cargo de los fiscales, la limitación en el planteo de nulidad, juicios abreviados y suspensiones del proceso a prueba y, finalmente, el tope previsto (15 años) para que el imputado sea juzgado por un juez unipersonal”.