La Justicia de la Ciudad desestimó defensa de inmunidad de jurisdicción presentada por la República de Chile
Es una decisión adoptada por la Sala I de la Cámara Contencioso, Administrativo y Tributario.
Por Julio García Elorrio

La Sala I de la Cámara Contencioso, Administrativo y Tributario - integrada por los Dres. Inés Weimberg de Roca, Carlos Balbín y Horacio Corti – desestimó defensa de inmunidad de jurisdicción presentada por la Republica de Chile en actuaciones iniciadas a raíz de la construcción de un centro cultural en en la embajada del mencionado país ante la República Argentina. Además los Jueces de Cámara dispusieron que las actuaciones sean remitidas al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 2 de la Capital Federal.
“Corresponde entonces desestimar la defensa de inmunidad de jurisdicción deducida por la República de Chile pues: (i) la acción trata sobre un bien inmueble situado en territorio nacional y en consecuencia el caso se halla comprendido en la excepción al principio de inmunidad (cfr.art. 2, inc. “f”, ley 24.4889; y (ii) las actividades propias del Centro Cultural Chileno en Buenos Aires quedan incluidas en la categoría de actos iure gestionis y son, por tanto, susceptibles de juzgamiento por los jueces argentinos” señalaron los Dres. Inés Weimberg de Roca, Carlos Balbín y Horacio Corti.
Las actuaciones se iniciaron cuando un grupo de vecinos presentó, en el fuero en lo Contencioso Administrativo y Tributario, una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad para que se revoque la aprobación de la construcción de un edificio – centro cultural – en el ámbito de la Embajada de la Republica de Chile. Posteriormente el expediente fue remitido al Poder Judicial de la Nación pero el titular del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N° 2 no aceptó tramitar el expediente. La Corte Suprema de Justicia de la Nación finalmente estableció que correspondía la intervención del fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad.