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02 de noviembre de 2018 | 17:00

Ordenan indemnizar a un automovilista damnificado por caída de luminaria en la vía pública

Es una decisión de la Sala I en lo Contencioso Administrativo y Tributario

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Poder Judicial de la Ciudad FOTO: cmcaba

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -GCABA- informó que la Sala I en lo Contencioso Administrativo y Tributario ordenó que el Gobierno de la Ciudad abone una indemnización a un hombre a quien le cayó una luminaria del alumbrado público sobre su vehículo, mientras estaba a bordo. Desde el CMCABA señalaron que la caída de la mencionada luminaria se registró en el mes de octubre de 2013 en la calle Treinta y Tres Orientales

Noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el CMCABA:

“La Sala I en lo Contencioso Administrativo y Tributario, compuesta por las juezas Fabiana Schafrik y Mariana Díaz, y el titular de la Cámara, Carlos Balbín, resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda presentada contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por un hombre a quien se le cayó la luminaria del alumbrado público sobre su vehículo, mientras estaba a bordo. En consecuencia, el Ejecutivo deberá abonarle en concepto de indemnización por daño. Se dio en la causa “K. D. G. contra GCBA sobre Daños y Perjuicios (excepto Responsabilidad Medica)”.

El caso se remonta a octubre de 2013, cuando el denunciante estaba a bordo de su auto estacionado reglamentariamente sobre la calle Treinta y Tres Orientales 53 y se desprendió desde una columna la luminaria del alumbrado público “cayendo violentamente sobre el techo de su vehículo”.

El camarista Balbín, en su voto -al que adhirieron Schafrik y Díaz- dio por acreditado el daño material del auto y expresó: “Toda vez que las luminarias de alumbrado público de la Ciudad de Buenos Aires son bienes del dominio público del Estado, pesa sobre las autoridades de la Ciudad la obligación de conservarlas en buenas condiciones. Por eso, si como consecuencia del incumplimiento de ese deber de mantenimiento y conservación, los particulares sufren un daño cierto y efectivo y, a su vez, se presentan los restantes presupuestos que hacen procedente la responsabilidad estatal, por aplicación de las normas antes citadas, corresponde que la Ciudad de Buenos Aires indemnice los perjuicios causados”.

Por otra parte, precisó que “no se encuentra probado que la firma adjudicataria para el mantenimiento de las instalaciones del alumbrado público -SUTEC S.A.- haya sido contratada para prestar servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del alumbrado público urbano ubicado en la zona en cuestión”.

En consecuencia, estableció una indemnización de 13.413 pesos por los gastos necesarios para reparar el vehículo”.