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26 de marzo de 2012 | 15:00

Ordenaron a OSDE afiliar a una mujer y a sus dos hijos

La Organización de Servicios Directos Empresarios afirmo que la afiliación solicitada es un capricho

Por Julio García Elorrio

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Organización de Servicios Directos Empresarios –OSDE

El Juez Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal, Dr. Francisco de Asís Soto ordenó a la obra social Organización de Servicios Directos Empresarios –OSDE - afiliar a una mujer y a sus dos hijos. La medida fue adoptada en las actuaciones caratuladas L.B. c/OSDE s/ AMPARO” -Expte n° 2.476/2009-. La madre afirmó que estuvo afiliada entre los años 1989 y 2000. Además precisó que se desvinculó por “problemas económicos” y que cuando pretendió incorporarse nuevamente recibió numerosas negativas por parte de OSDE.

También la madre de los dos hijos manifestó que interpretó que las negativas a una nueva afiliación se produjeron debido a que unos de los menores padece Síndrome de Down. OSDE reconoció los hechos relatados en la acción de amparo presentada pero rechazó “ que la no afiliación se deba a un acto de discriminación”. Además la obra social sostuvo que la afiliación pretendida es un “capricho” y que “ ninguna ley lo obliga a aceptarlos como afiliados”. En estas actuaciones quedó acreditado que la mujer estuvo afiliada a la Obra Social del Personal de la Construcción.

La negativa de la accionada a la afiliación aparece como irrazonable frente a la ausencia de una prueba concluyente en contrario –que las circunstancias y la envergadura de los derechos en juego imponían- y al ofrecimiento cierto de resguardo del equilibrio patrimonial de la contratación -dado por la disposición de la amparista a abonar las cuotas pertinentes- y fundada sólo por el deseo de desentenderse del tratamiento de la enfermedad padecida por C. (Síndrome de Down), antes que por una decisión de autonomía negocial que las circunstancias de la causa autorizan a desmentir” señaló el Juez Federal Francisco de Asís Soto en su decisión.