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01 de diciembre de 2016 | 16:00

Ordenaron a Telefónica de Argentina SA facilitar el acceso a Internet en el barrio Rivadavia I y II

La medida fue dispuesta en el marco de una acción de clase presentada por representantes de un grupo de vecinos

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Telefónica de Argentina S.A    FOTO: WEB

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal confirmó resolución que ordena a la empresa Telefónica de Argentina SA facilitar el acceso a líneas telefónicas e Internet en el barrio Rivadavia I y II. En las actuaciones -  acción de clase presentada por representantes de un grupo de vecinos -  se afirma que los actores han peticionado los servicios de telefonía e internet  -cableado - y tras diversos reclamos no los han obtenido por distintas razones, entre ellas, que la demandada ha considerado que el barrio corresponde a una “zona peligrosa” y que no cuenta con las facilidades técnicas para llevar a cabo los requerimientos.

Telefónica de Argentina SA señaló que los actores han omitido denunciar la situación real imperante en el barrio, respecto de la existencia de tendidos eléctricos clandestinos que generan un riesgo inminente en la labor del plantel externo que conllevó a que se vea obligada a suspender ciertos trabajos iniciados en octubre de 2014 ante la clara falta de seguridad. La empresa además preciso que en la actualidad existen 913 clientes y que si bien se han reportado 968 averías en los últimos 12 meses, éstas han sido “franqueadas en tu totalidad”.

Los integrantes de la Sala II de la la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal Ricardo Víctor Guarinoni y Alfredo Silverio Gusman  - La Dra. Graciela Medina no votó por encontrarse en uso de licencia -  señalaron que Telefónica de Argentina S.A, al momento de postularse para ser concesionaria de un servicio público asumió, además del riesgo empresario típico de todo negocio, una obligación de prestarlo a todos los habitantes de la Nación, sin ningún tipo de distinción, so pena de incurrir en un acto discriminatorio.

También los Dres. Ricardo Víctor Guarinoni y Alfredo Silverio Gusman precisaron que Telefónica de Argentina S.A  no acreditó -siquiera- haber efectuado denuncias al Estado Nacional –Policía Federal Argentina- a los fines de que se proceda a controlar los supuestos hechos delictivos que impiden que pueda prestar su servicio, o que haya instado ante la autoridad pertinente reclamo alguno.

“..la demandada no puede hacer caso omiso a su deber legal de control. Así, frente a las denuncias efectuadas por los actores y conocimiento de la situación descripta, debió haber tomado las medidas necesarias para que se subsane dicha situación, mas no desligarse por el hecho de un tercero y optar por dejar de prestar en debida forma el servicio público a todo el barrio superpoblado” expresaron los Dres. Ricardo Víctor Guarinoni y Alfredo Silverio Gusman en su decisión judicial.