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27 de agosto de 2012 | 15:00

Piden ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación la restitución de fondos previsionales para la Provincia de Buenos Aires

Es una presentación de los Legisladores Nancy Monzón, Marcelo Di Pascuale y Alfredo Mecjievi.

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Reclamo en Tribunales.Foto: Leonardo Idoria

El Presidente del Bloque Pro/Peronista por la Provincia de Buenos Aires, Marcelo Di Pascuale, la Diputada Nancy Monzon  -PRO - y el Senador  Alfredo Mecjievi -UniónPro/Peronista -  realizaron una presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para exigir al Gobierno Nacional “la restitución del 15% de la masa coparticipable que tiene para financiar el sistema previsional” y solicitar además la renuncia del "Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales". Este reclamo se suma a los planteos efectuados por las Provincias de Córdoba, Santa Fe y Corrientes en materia de fondos previsionales.

Como representantes del pueblo, resulta una obligación intervenir activamente para que los recursos de la Provincia vuelvan a manos de la Provincia, ya que no es otra cosa que devolverle a los bonaerenses lo que les corresponde” expreso la Diputada Nancy Monzón. Además el Senador Alfredo Meckievi señalo que “la coparticipación fiscal es una de las herramientas más importantes en materia de  redistribución de recursos públicos; el cual permite a las distintas provincias contar con mayores facilidades a la hora de diseñar y ejecutar las políticas públicas dirigidas a mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos”.

“Lo que se pretende es impulsar una acción positiva que permita avanzar hacia un sistema de reparto mucho más equitativo de los recursos, es decir, en el fortalecimiento de las autonomías provinciales y, por tanto, en el robustecimiento del federalismo” aseguró el Legislador Marcelo Di Pascuale. El día 12 de Agosto de 1992 se celebró el Pacto Fiscal - ratificado luego por la Ley N°24.130 – y los gobiernos provinciales y nacional “acordaron una detracción de 15% de la masa de recursos coparticipables; que según inciso b) de la Cláusula Primera del Acuerdo, sería destinado a “atender el pago de las obligaciones previsionales nacionales.”