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26 de octubre de 2023 | 14:00

Presentan Acción de Amparo para proteger los derechos de dos mujeres con discapacidad

Es una presentación realizada por el Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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MPDCABA FOTO: WEB

El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –MPDCABA – presentó una Acción de Amparo para proteger los derechos de dos mujeres con discapacidad que habitan enla Villa 15— Ciudad Oculta—. Desde el MPDCABA señalaron que la presentación se fundamenta en el modelo de discapacidad basado en los derechos humanos, en la importancia de la igualdad inclusiva y el respeto a la diferencia como aspecto de la dignidad humana.  

Noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el MPDCABA:

“…el MPD presentó una acción de amparo — a la que adhirió Mabel López Oliva titular de la Asesoría Tutelar Nº 1 de la CABA—  para que el Gobierno de la Ciudad garantice a dos hermanas con discapacidad mental y motriz, la accesibilidad a través de la eliminación de barreras urbanísticas, que son obstáculos para la participación, la inclusión plena y la igualdad de oportunidades. Las mujeres, de 37 y 47 años, viven en la Villa 15— Ciudad Oculta— y realizan diariamente un gran esfuerzo físico para salir o ingresar al barrio porque las calles son de tierra, muy irregulares y se inundan cada vez que llueve. Por eso, muchas veces se ven obligadas a faltar a sus actividades educativas o terapéuticas.

El Defensor de la Unidad Especializada en Procesos de Urbanización e Integración Social, Ramiro Joaquín Dos Santos Freire, explicó que “la accesibilidad al entorno urbano es una condición para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de sus derechos humanos y sus libertades fundamentales y la falta de políticas adecuadas para la eliminación de barreras, constituye una situación de discriminación por motivos de discapacidad”.

Según consta en el Informe Socioambiental, que es parte de la causa, “se detectaron aspectos de infraestructura y diseño urbano, que limitan la autonomía, sobrecargan a las personas cuidadoras y obstaculizan el desarrollo de su cotidianeidad. Se hace especial hincapié en la necesidad de intervenir en el entorno barrial, ya que las condiciones actuales del mismo dificultan el acceso al traslado y a los dispositivos de salud y educativos; configurándose como barreras que potencian variables que limitan el desarrollo de sus actividades diarias.” Por su parte, el perito arquitecto sostuvo que —al igual que la mayoría de las calles y pasajes de los barrios populares, el acceso a la vivienda se encuentra sin pavimentar ni tiene veredas—. “El recorrido es tortuoso, con muchos obstáculos, desniveles, lomas de burro que tapan cañerías, y depresiones, este panorama empeora cuando llueve, el barro y los charcos que se forman impiden aún más el desplazamiento normal de una silla de ruedas.”

El Instituto de la Vivienda (IVC) hasta el momento no dio respuesta  ni al pedido de   estas mujeres como sus vecinos y vecinas — quienes presentaron una nota al pidiendo que se realicen las obras necesarias— ni a los requerimientos del Defensor Oficial, por lo que incumple con la obligación de brindar protección especial a las personas con discapacidad y eliminar todas las barreras físicas que puedan impedir el ejercicio de sus derechos.

Si bien la Ciudad de Buenos Aires cuenta, desde el año 2002,  con una ley de “Accesibilidad Física para Todos” que establece la obligación de construir vados o rampas de aceras “destinadas a facilitar la transitabilidad de personas con distinto grado de discapacidad”  esta no se cumple en ninguna de las villas y asentamientos de nuestra Ciudad. Son más de cincuenta barrios populares donde un número desconocido de personas padece diariamente los obstáculos físicos para acceder a los derechos más básicos como la salud o la educación, en condiciones de discriminación respecto del resto de la Ciudad.

La demanda planteada por el Defensor Dos Santos Freire se fundamenta en el modelo de discapacidad basado en los derechos humanos, en la importancia de la igualdad inclusiva y el  espeto a  la diferencia como aspecto de la dignidad humana.  

Lo novedoso de este caso, desde la perspectiva de la Defensa Pública, es que por primera vez se impulsa un amparo en relación a los derechos de personas con discapacidad habitantes de un barrio popular, donde no se pretende el cambio de vivienda —que implicaría que sean excluidas de su entorno habitual o pierdan la red comunitaria de la que fueron parte durante toda su vida— sino que se exige se garantice que las personas con discapacidad puedan vivir donde lo desean, en comunidad y en su hogar familiar y con acceso efectivo a la salud, la educación, el esparcimiento y la vida social”.