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24 de julio de 2020 | 17:00

Protocolo para el funcionamiento de los estudios jurídicos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Es un documento difundido por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

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Representación de la Justicia FOTO: WEB

El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal -CPACF – difundió un protocolo para el trabajo de los estudios jurídicos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Noticiasjudiciales.info reproduce parte del texto difundido por el CPACF:

“ESTUDIOS JURÍDICOS. TRABAJO REMOTO. PERMISO DE CIRCULACIÓN SEMANAL.

ATENCION   AL   PÚBLICO LIMITADA, CON TURNO PREVIO

Los dependientes de los profesionales, cualquiera sea su forma de contratación, deben abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y deben realizar sus tareas, en tanto ello sea posible, desde el lugar donde cumplan el aislamiento ordenado. Respecto de los profesionales, la actividad debe llevarse a cabo también, en tanto sea posible, de manera remota.     No obstante ello, con el objeto de facilitar a los mismos el acceso a la documentación y herramientas de trabajo que se encuentren en  sus  oficinas  así  como  posibilitar  la atención  al  público,  se  autoriza  la  circulación  según  la  terminación  de  su  DNI,  una única vez por semana, de la siguiente manera:

 -Lunes: DNI terminados en 0 y 1. 

- Martes: DNI terminados en 2 y 3. 

-Miércoles: DNI terminados en 4 y 5. 

- Jueves: DNI terminados en 6 y 7. 

- Viernes: DNI terminados en 8 y 9. 

 La cantidad de personas que concurran a la cita con el profesional debe ser la mínima indispensable, siempre con turno previo.  Asimismo, se recuerda  que  entre  los  asistentes se debe guardar una distancia mínima de 1.5 metros.  Asimismo, se  deberá  tender  a  establecer  un  tiempo  máximo  de  interacción  personal  entre   el   profesional   y   el   cliente,   por   lo   cual   toda   instancia   que   de   antemano   presupusiera  tiempos  mayores  de  interacción  deberá  resolverse  en  forma  remota,  minimizando  en  todo  momento  la  actuación  presencial  para  aquellas  circunstancias  imprescindibles y/o improrrogables. La limitación de días y horarios no obsta la circulación a efectos de realizar diligencias urgentes en sede judicial.  A tal fin, los profesionales deberán dar cumplimiento con los protocolos aprobados por la CSJN”.