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05 de octubre de 2015 | 17:00

Rechazan pedidos de extinción de la acción en causa iniciada por defraudación contra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Es una decisión de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal

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Representación de la Justicia  FOTO: WEB

La Corte Suprema de Justicia de la Nación –CSJN- informó que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó pedidos de extinción de la acción en causa iniciada por defraudación contra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Desde la CSJN  señalaron que la maniobra se habría llevado a cabo mediante liquidaciones complementarias confeccionadas por la Dirección de Liquidaciones de Haberes  - dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - bajo la aparente categoría de devoluciones de cuotas de préstamos personales del Banco Ciudad.

noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por la CSJN:

“La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, confirmó las resoluciones del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 20 de la Capital Federal mediante las cuales se rechazaron pedidos de extinción de la acción penal por prescripción y por violación al plazo razonable de juzgamiento en orden al delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública de la Ciudad de Buenos Aires.

En la causa se investiga un fraude por un monto cercano a los 2 millones de pesos. La maniobra se habría llevado a cabo mediante liquidaciones complementarias confeccionadas por la Dirección de Liquidaciones de Haberes, dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires bajo la aparente categoría de devoluciones de cuotas de préstamos personales del Banco Ciudad.

Por lo demás, y en el marco de la misma causa, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con igual integración, tuvo ocasión de intervenir en un pedido de suspensión del juicio a prueba que fue rechazado por la calidad de funcionario público del imputado”.