Rechazan recurso de Google Inc. en causa iniciada por difusión de video íntimo cuestionado por Wanda Nara
Es una decisión adoptada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal – integrada por los Dres. Santiago Kiernan, Alfredo Gusman y Ricardo Guarinoni - – confirmó la resolución que rechaza recurso presentado por Google Inc. en proceso iniciado a raíz de la difusión de video íntimo cuestionado por la modelo Wanda Nara. La medida fue adoptada en las actuaciones caratuladas : “Nara, Wanda Solange c/ Yahoo de Argentina SRL y otro s/ medidas cautelares”.
Google Inc. fue incluida en una medida cautelar - tras la identificación de páginas web que presento la modelo Wanda Nara – y posteriormente la firma “informó el cumplimiento de la medida respecto de cinco de las URLs denunciadas en donde se exhibía el vídeo íntimo cuestionado por la actora”. Posteriormente Google Inc. expresó que en 8 páginas denunciadas “no pudo verificar la exhibición del video” y dejó planteado el recurso para el caso en que se confirmara el alcance de la medida dispuesta.
También Google Inc. manifestó que adujo que Wanda Nara “toleró durante mucho tiempo la difusión de ese video, que incluso la ha beneficiado en su carrera”. Los Jueces de Cámara expresaron “el objeto de la cautelar es suficientemente claro y su cumplimiento impresiona como fácilmente asequible: si el resultado denunciado se refiere a la exhibición del mentado video, deberá darlo de baja de acuerdo con lo resuelto. Las dificultades materiales denunciadas no pasan, entonces, del umbral de la mera conjetura”.
Los Dres. Santiago Kiernan, Alfredo Gusman y Ricardo Guarinoni además señalaron que “no se advierten razones que justifiquen variar ese temperamento en el sentido propuesto por Google en su memorial” y agregaron que “la decisión está firme, no se presenta la hipótesis del art. 203 del ritual y menos aun un supuesto especial como el que esta Sala contempló en otras causas que involucraban a ese motor de búsqueda”.
“No está demostrado –al menos en este pleito - que sea la actora quien efectivamente aparece en el video de marras. Y aun cuando sí lo estuviera, nada indica que haya autorizado su difusión y que deba tolerar que terceras personas hablen de él con lascivia. Basta para confirmar ese aserto el título chabacano con se conoce el video” sostienen los Dres. Santiago Kiernan, Alfredo Gusman y Ricardo Guarinoni en su decisión