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15 de junio de 2010 | 17:00

Revocan la medida cautelar que suspendió la aplicación de la nueva Ley de Medios

Es una decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el marco del recurso extraordinario presentado por el Estado Nacional

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Coronamiento de la fachada principal del Palacio de los Tribunales

La Corte Suprema de Justicia de la Nación –CSJN- revocó medida cautelar que suspendió la aplicación de la nueva Ley de Medios –Ley Nº 26.522 - .Esta decisión fue adoptada en el marco de un recurso extraordinario promovido por el Estado Nacional en las actuaciones caratuladas :“Thomas, Enrique c/ Estado Nacional s/ Amparo”. Los Ministros CSJN Carlos Fayt, Juan Maqueda, Eugenio Zaffaroni, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti señalaron que “ una cautelar que suspende la vigencia de toda la ley 26.522 con efecto erga omnes, tiene una significativa incidencia sobre el principio constitucional de division de poderes” y que “ no puede una medida cautelar tener efectos generales y ese poder no lo confiere la Constitución Nacional a ningún juez ni tribunal de la Nación”.

También los Ministros de la CSJN precisaron que el Diputado Nacional Enrique Thomas resulto electo para representar a los ciudadanos en el ámbito del Poder Legislativo, pero no puede recurrir a la justicia para llevar a consideración la reedición de un debate que se ha perdido en el seno del Poder Legislativo por el juego de las mayorías y minorías respectivas. Además señalan que la legitimación del Diputado Nacional podría ser eventualmente admisible en un supuesto de afectación a un interés concreto y directo. El Procurador General de la Nación, Dr. Esteban Righi en estas actuaciones emitió un dictamen que expresa que el Diputado Nacional Enrique Thomas carecía de legitimación para promover la acción de amparo contra la aplicación de la Ley Nº 26.522 y que resulta inadmisible que se impugne el trámite impreso a la sanción de una ley y que sobre “endebles” bases se haya dispuesto la suspensión de la aplicación de la Ley Nº 26.522.