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25 de enero de 2024 | 17:00

Ricardo Gil Lavedra reiteró su oposición a los cambios en materia de divorcios y sucesiones

El Presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal envió cartas cada uno de los titulares de las bancadas legislativas

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Dr. Ricardo Gil Lavedra FOTO: CPACF

El residente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal –CPACF-, Dr. Ricardo Gil Lavedra reiteró su oposición a los cambios en materia de divorcios y sucesiones. Desde el CPACF señalaron que el Dr. Ricardo Gil Lavedra envió cartas cada uno de los titulares de las bancadas legislativas.

Noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido sobre el Dr. Ricardo Gil Lavedra:

“El presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Ricardo Gil Lavedra reiteró el reclamo del sector ante el tratamiento del proyecto de ley “Bases…”. Lo hizo en una carta dirigida a cada uno de los titulares de las bancadas legislativas

El excamarista sostuvo que “el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo posee dimensiones tales que impiden su consideración racional en un lapso breve”. Agregó que “el corto debate y la opinión de asociaciones e interesados, ha evidenciado inconsistencias y errores, algunos corregidos en el dictamen aprobado en el plenario de Comisiones”.

Por lo tanto, subrayó que “sería deseable que el debate en el recinto se concentre en aquellos aspectos indispensables y urgentes del proyecto, postergando para las sesiones ordinarias aquellos asuntos que requieren mayor debate parlamentario”. Allí inscribió los referidos a cuerpos normativos fundamentales, en los que es necesario mantener coherencia interna, como el Código Penal y el Código Civil y Comercial de la Nación.

Al respecto, Gil Lavedra indicó que “la inclusión de los divorcios administrativos resulta asistemática y pone en riesgo los derechos de la parte más vulnerable de la relación. El legislador ha establecido que el divorcio comprende, de manera inescindible, no sólo la ruptura del vínculo sino también otras cuestiones ineludibles (patrimoniales, régimen de los hijos, compensaciones etc etc), por eso no puede iniciarse demanda de divorcio sin una propuesta integral que comprenda todos esos aspectos (art. 438 del CCCN)”. “El proyecto desconoce este principio de integralidad, incorpora una ruptura administrativa sólo del vínculo pero mantiene todo el otro sistema, sin integrarlo debidamente. Seguramente, como la discusión de todas las consecuencias se da indefectiblemente, se abre una puerta para la existencia de abuso en perjuicio de la parte más débil”, alertó el titular del Colegio Público de la Abogacía porteña.

En otros casos incluidos, como las sucesiones notariales, analizó que “no se advierte la ventaja ni la economía en sortear la intervención judicial. Sin beneficio apreciable se otorgan a los escribanos las mismas facultades que tienen los jueces, una nueva regulación que no acarreará para los interesados ninguna economía ni mejora en los tiempos del trámite”.

Finalmente, Gil Lavedra señaló que “la intervención del Congreso es indispensable para procurar la seguridad jurídica que requiere toda democracia constitucional”. “La protección de los derechos y de la libertad requiere que la ley sea fruto del debate plural de los representantes del pueblo, para otorgar la legitimidad y estabilidad necesaria a toda política estatal”, concluyó”.