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17 de julio de 2020 | 17:00

Se suspende la feria judicial de invierno en el Poder Judicial de la Ciudad

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó la Resolución CM N° 149/2020

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CMCABA  FOTO: CMCABA

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -CMCABA- informó que a través del dictado de la Resolución CM N° 149/2020 resolvió suspender la feria judicial de invierno del Poder Judicial de la Ciudad.

noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el CMCABA:

“RES. CM N° 149/2020

VISTO:

El Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Resolución CM Nº 152/1999 y el Reglamento Interno del Poder Judicial, aprobado por Resolución CM Nº 170/2014, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1.4 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Resolución CM Nº 152/1999 establece que las ferias judiciales son fijadas por el Consejo de la Magistratura, y comprenden el mes de enero y dos semanas en el invierno de cada año, teniendo en cuenta las vacaciones escolares y universitarias y las ferias establecidas por el Tribunal Superior de Justicia.

Que, asimismo, prevé que el Consejo de la Magistratura designe, previa consideración de las propuestas que se le formulen y con anticipación suficiente al inicio de las ferias judiciales, los magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados que deben prestar servicios durante dicho período.

Que en virtud de la crisis epidemiológica provocada por el Covid19, el Poder Ejecutivo Nacional dictó los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 297/2020, 325/2020, 408/2020, 459/2020, 493/2020, 520/2020 y 576/2020 disponiendo medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Que por su parte, este Consejo mediante las resoluciones CM Nros. 58/2020, 59/2020, 60/2020, 61/2020, 63/2020, 65/2020 y 94/2020, ha adoptado una serie de medidas y modos de organización de trabajo, siguiendo las recomendaciones y decisiones oficiales adoptadas tanto a nivel local como nacional.

Que, por otra parte, cabe mencionar que la Resolución CM N° 65/2020 incluyó la posibilidad de utilizar las herramientas del teletrabajo, y la realización de actos procesales de manera remota. Que esta nueva modalidad fue acogida de manera favorable y pudo llevarse a cabo gracias al esfuerzo realizado por todos los integrantes de la Justicia Local, conforme ha quedado plasmado en el informe presentado por la Dirección de Estadísticas de este Consejo, que registra aproximadamente 48.000 expedientes tramitados por ambos fueros de esta Jurisdicción desde el inicio del aislamiento.

Que, sin perjuicio de ello, el estado de emergencia extraordinaria derivada de la situación epidemiológica provocada por el COVID-19 implica que se tomen medidas excepcionales. En este sentido se contempla la suspensión de la feria invernal para el Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de posibilitar la continuidad de la prestación del servicio de justicia para los habitantes de la Ciudad y que el mismo pueda desarrollarse de un modo más eficiente, lo que deberá armonizarse con lo normado por el art. 40 del Reglamento Interno del Poder Judicial, aprobado por Resolución CM Nº170/2014.

Que, dado el carácter excepcional de la suspensión a disponerse y habida cuenta que la misma involucra a la totalidad del personal de este Poder Judicial, corresponde establecer que la licencia ordinaria compensatoria pueda ser prorrogada por un año más a lo previsto reglamentariamente, para que pueda ser coordinada según las necesidades de servicio de cada dependencia.

Que, finalmente, y en virtud de la excepcionalidad de la situación, es menester dejar establecido que el/la titular de cada dependencia podrá coordinar con el personal a su cargo, sin que ello implique la afectación del servicio de justicia, que la licencia pueda ser usufructuada entre los días 20 y 31 de julio de 2020.

Que se deja constancia que la presente decisión se adopta por unanimidad de votos.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 25, Inc. 4, de la Ley 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Suspender excepcionalmente la feria judicial invernal del corriente año 2020 para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, excluido el Tribunal Superior de Justicia.

Artículo 2°: Disponer que los/las magistrados/as, funcionarios/as y empleados/as del Poder Judicial podrán prorrogar el goce de la licencia compensatoria prevista en el art. 40 de la Resolución CM Nº 170/2014 por el término de un año a partir de su vencimiento, en caso que por razones de funcionamiento de la dependencia no haya podido ser gozada en el plazo reglamentario.

Artículo 3º: Establecer que los/las magistrados/as, funcionarios/as y empleados/as del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, coordinen el goce de la licencia ordinaria compensatoria dispuesta conforme a las reglamentaciones vigentes, según las necesidades de servicio de cada dependencia, solicitando su concesión a través de las vías habituales.

Artículo 4°: Establecer que el/la titular de cada dependencia, podrá coordinar con el personal a su cargo, sin que ello implique la afectación del servicio de justicia, que la licencia pueda ser usufructuada entre los días 20 y 31 de julio de 2020.

Artículo 5º: Mantener la vigencia de la modalidad de trabajo establecida por las Resoluciones CM Nros. 65/2020 y 94/2020 para continuar con la prestación del servicio de justicia.

Artículo 6º: Regístrese, comuníquese por vía electrónica a todas las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad, al Tribunal Superior de Justicia, al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la página de internet del Poder Judicial (www.consejo.jusbaires.gob.ar), y oportunamente, archívese”.