Anulan prueba obtenida por agentes encubiertos mediante el uso de una cámara oculta
Es una decisión adoptada por la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal.
La IV de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal anuló prueba obtenida por agentes encubiertos mediante el uso de una cámara oculta. La decisión fue adoptada tras la presentación de un pedido de nulidad en una causa iniciada a raíz de una denuncia sobre comercialización de medicamentos sin las correspondientes autorizaciónes. En estas actuaciones se dispuso la intervención de un funcionario del Instituto Nacional de Medicamentos/ INAME y de un integrante de la Unidad Especial de Inteligencia de Gendarmería Nacional como agentes encubiertos para grabar la compra de remedios a una mujer en un domicilio particular.
“ La reseña efectuada revela que no existió orden judicial debidamente fundada que hubiera habilitado el ingreso a un domicilio privado con fines de investigación. Por lo demás, tampoco surge que concurriera alguna de las circunstancias de excepción previstas en el ordenamiento adjetivo” señala la resolución dictada por la Sala IV. Además los Jueces de Cámara sostuvieron que “ a juzgar por las alternativas fácticas que rodearon el procedimiento, nada habría impedido al instructor obtener la correspondiente autorización judicial para el registro del lugar y el eventual secuestro de elementos que pudieran ser interés para la causa, tal como luego correctamente se llevó a cabo”.
También en la decisión de la Sala IV se expresa que “la utilización de un agente encubierto únicamente resulta viable en la investigación de los delitos previstos en la norma indicada y bajo condiciones muy precisas, en las que la incorporación probatoria difícilmente pudiera realizarse de otro modo”. Además los Jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal precisaron que “debe descartarse que el ingreso de los agentes estatales a un domicilio privado fuera válido como agentes encubiertos, ya que no solo no se investiga en el caso una posible infracción a ley de estupefacientes sino que además la actuación fue dispuesta por el representante del Ministerio Público Fiscal y no por el Juez”.