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24 de junio de 2010 | 17:00

Condenan a la empresa Alitalia por demora en la entrega de equipaje

Una pasajera argentina tuvo que esperar cincos dias en Roma para poder recibir sus valijas.Fue modificado su plan de vacaciones.

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Alitalia

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal - CACCF- condenó la empresa aérea Alitalia a pagar una indemnización a una pasajera argentina que tuvo que esperar en la ciudad de Roma -Italia - cinco días para poder recibir su equipaje. La decisión fue adoptada en las actuaciones caratuladas:“M. M. C. c/ ALITALIA LINAS AEREAS ITALIANAS SA s/ daños y perjuicios". La causa se inició tras el reclamo presentado por la mujer perjudicada con el fin de obtener una compensación por los trastornos generados ante la demora en la entrega de sus valijas. En la resolución de la Sala III de la CACCF se afirma que la estadía en la ciudad de Roma - por cinco días - involucró sin dudas una erogación de dinero por parte de la demandante. Los Jueces de Cámara Guillermo Alberto Antelo y Ricardo Gustavo Recondo señalaron que la ciudad de Roma no se encontraba dentro del itinerario de viaje y además precisaron que de no haber mediado incumplimiento de la línea aérea en la entrega oportuna del equipaje, la pasajera no hubiera permanecido allí ni afrontado gastos.

También los Jueces de Cámara Guillermo Alberto Antelo y Ricardo Gustavo Recondo manifestaron que “ no se trata aquí de una mera demora en la entrega del equipaje, sino de una modificación en el plan de vacaciones de una persona” y resaltaron que la actora tenía previsto visitar “otras ciudades de Europa, como ser Zurich o Praga”. Los integrantes de la Sala III de la CACCF manifestaron en su resolución "que medió una sustitución de su voluntad" ya que “ es como si Alitalia hubiera decidido por ella dónde debía pasar su tiempo de descanso”. Además señalaron que "la frustración de un momento tan esperado en el año como son las vacaciones, genera un trastorno de mayor entidad que aquél derivado de la falta de las valijas, sobre todo si se repara en que el inconveniente duró un tercio del lapso pensado inicialmente para esparcimiento”. En la sentencia dictada por la Sala III de la CACCF se condena a Alitalia Líneas Aéreas Italianas S.A. al pago de 396,40 euros y de 10.000 pesos, con más los intereses a la Tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento a 30 días, desde el día siguiente a la notificación de la demanda -16 de Marzo de 2007- hasta la cancelación definitiva del crédito.