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20 de febrero de 2019 | 17:00

Confirman multa aplicada a la firma inmobiliaria Toribio P. de Achaval y Cia. S.A

Es una decisión de la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal

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Toribio P. de Achaval y Cia. S.A  FOTO: Toribio P. de Achaval y Cia. S.A

La Corte Suprema de Justicia de la Nación -CSJN- informó que la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó multa aplicada a la firma inmobiliaria Toribio P. de Achaval y Cia. S.A en relación a la Ley de Defensa del Consumidor.

Noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por la CSJN:

“Confirman multa a una inmobiliaria por la publicación de un aviso en infracción a las leyes de Lealtad Comercial y Defensa del Consumidor

Lo resolvió la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Se omitió indicar la razón social de la firma y la fecha de comienzo de la oferta, recaudos exigidos por la normativa aplicable

El Director Nacional de Comercio Interior sancionó a una empresa inmobiliaria por la publicación de un aviso de un emprendimiento inmobiliario en un diario. Le impuso dos multas: una de $50.000, por infracción a la Ley de Lealtad Comercial; y otra de $40.000, por infracción a la Ley de Defensa del Consumidor.

La firma cuestionó las sanciones y la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, con el voto de Guillermo F. Treacy, Jorge Federico Alemany y Pablo Gallegos Fedriani, hizo lugar parcialmente al recurso de apelación.

El tribunal redujo la multa aplicada por infracción a la Ley de Lealtad Comercial a $15.000 por entender que no es posible afirmar que el precio ofrecido en el aviso contenga indicaciones poco claras y engañosas, ni que induzcan a error o falsedad en la adquisición de los bienes ofrecidos.

En tanto, se confirmó la multa fijada con relación a la Ley de Defensa del Consumidor. El tribunal señaló que la firma omitió indicar en el aviso la fecha concreta de comienzo de su ofrecimiento, recaudo exigido por la normativa aplicable”.