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25 de agosto de 2011 | 20:00

Confirman resolución dictada para que empresa prepaga de servicios medicos cubra tratamiento a un menor

Es una decisión adoptada por la Sala II de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal.

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La Sala II de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal –CNCyCFCF- confirmó resolución dictada para que empresa prepaga de servicios medicos cubra tratamiento a menor. La medida permitirá que un niño de 12 años de edad que padece un trastorno generalizado del desarrollo pueda recibir tratamiento de psicopedagogía en abordaje grupal, hidroterapia y transporte especial

“Las necesidades y requerimientos de una persona con discapacidad, en lo que se refiere al contenido de la cobertura a recibir, deben ser necesariamente determinados a través de la intervención de un equipo interdisciplinario que efectúe la evaluación y orientación correspondientes” señalaron los Jueces de Cámara Santiago Kiernan, Alfredo Gusman y Ricardo Guarinoni.

Además los integrantes de la Sala II de la CNCyCFCF precisaron que la Ley N° 24.901 establece “un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos”. Las actuaciones se iniciaron a raiz de la presentacion de una acción de amparo para asegurar la continuidad de los tratamientos recibidos durante varios años.