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11 de noviembre de 2011 | 17:00

Dictaron la falta de mérito de Ruben Sobrero en causa iniciada por incendio de vagones de ferrocarril

Es una decisión adoptada por el Juez Federal de San Martín – Provincia de Buenos Aires -, Dr. Juan Manuel Yalj.

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El Juez Federal de San Martín – Provincia de Buenos Aires -, Dr. Juan Manuel Yalj dictó la falta de mérito del representante sindical Rubén Sobrero en el marco de la causa iniciada a raíz del incendio de vagones del Ferrocarril Gral. Sarmiento el día 2 de Mayo pasado - . La medida alcanza a varias personas más.

NoticiasJudidiciales.INFO reproduce parte de la decisión adoptada por el Dr. Juan Manuel Yalj:

"I.- SOBRESEER a LEONARDO MIGUEL PORTORREAL, de las demás condiciones personales obrantes en autos, respecto del delito estrago doloso en concurso real con el delito de interrupción de los medios de transporte terrestre, ambos en concurso real con el delito de asociación ilícita y extorsión (art. 55, 168, 186 inciso 1º, 191 inc 1º y 210 del Código Penal) por el que fuera indagado, haciéndose expresa mención que el presente sumario no afecta en nada el buen nombre y honor del que hubiera gozado el nombrado (arts. 336 inc. 4, in fine y 337 del Código Procesal Penal de la Nación.).-

II.- DICTAR LA FALTA DE MERITO, para procesar o para sobreseer a HERNAN ANGEL AXSON, de sus demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden a los delitos por los cuales fuera indagado, sin perjuicio de proseguir con la presente investigación (art. 306 y 309 del Código Procesal Penal de la Nación.).-

III.- DICTAR LA FALTA DE MERITO, para procesar o para sobreseer a RODRIGO HERNANDO PELÁEZ, de sus demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden a los delitos por los cuales fuera indagado, sin perjuicio de proseguir con la presente investigación (art. 306 y 309 del Código Procesal Penal de la Nación.).-

IV.- DICTAR LA FALTA DE MERITO, para procesar o para sobreseer a FERNANDO DAMIAN DÍAZ, de sus demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden a los delitos por los cuales fuera indagado, sin perjuicio de proseguir con la presente investigación (art. 306 y 309 del Código Procesal Penal de la Nación.).-

V.- DICTAR LA FALTA DE MERITO, para procesar o para sobreseer a GUILLERMO MARIANO DÍAZ, de sus demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden a los delitos por los cuales fuera indagado, sin perjuicio de proseguir con la presente investigación (art. 306 y 309 del Código Procesal Penal de la Nación.).-

VI.- DICTAR LA FALTA DE MERITO, para procesar o para sobreseer a RUBEN DARIO SOBRERO, de sus demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden a los delitos por los cuales fuera indagado, sin perjuicio de proseguir con la presente investigación (art. 306 y 309 del Código Procesal Penal de la Nación.).-

VII.- EXTRAER testimonios de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el apartado “De la actuación de la Policía Federal Argentina” y remitirlos junto a las piezas procesales pertinentes a conocimiento del Sr. Jefe a cargo de dicha fuerza, a sus efectos."