Diligenciamiento electrónico de oficios al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal
La opción se encuentra disponible en el sistema DEOX del PJN para el tramitar oficios Art. 400 CPCCN y art. 8° Ley 25.344
El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal -CPACF – informó sobre el diligenciamiento electrónico de oficios y desde la entidad señalaron que la opción se encuentra disponible en el sistema DEOX del PJN para el tramitar oficios Art. 400 CPCCN y Art. 8° Ley 25.344.
noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el CPACF:
Diligenciamiento de oficios art. 400 CPCCN Y art. 8 ley 25.344
Los oficios deben ser dirigirse a la cuenta correspondiente según la información solicitada (el oficiante encontrará las opciones dentro del sistema al seleccionar el organismo de destino):
1. CPACF - Asesoría Letrada
2. CPACF - Comisión de Vigilancia
3. CPACF - Informe de Matriculados
4. CPACF - Informe Registro de Testamentos (*)
5. CPACF - Tribunal de Disciplina (Sala 1)
6. CPACF - Tribunal de Disciplina (Sala 2)
7. CPACF - Tribunal de Disciplina (Sala 3)
8. CPACF - Tribunal de Disciplina (Secretaría General)
(*) Se debe acompañar al oficio el comprobante de pago del arancel correspondiente ($ 500,00). Pago Telefónico con tarjeta de crédito (Visa, Mastercard, American Express y Cabal) de 9:00 a 16:00 horas. TELEFONOS: 15-3693-9002 / 15-3693-9435 / 15-3693-9359 / 15-3693-9296 / 15-3693-8839 / 15-3693-8768 / 15-3693-8930 / 15-3178-8080.
Todos los oficios que no encuadren en las cuentas 2 a 8 deben dirigirse a la cuenta “CPACF – Asesoría Letrada” (categoría general).
Importante:
Para diligenciar un oficio con esta nueva modalidad el matriculado deberá solicitar al juzgado el libramiento de dicho oficio. Si la resolución fue dictada con anterioridad a la entrada en vigencia del sistema no es necesario volver a solicitarlo.
Al enviar un oficio utilizando el sistema DEOX se debe incorporar la resolución que ordena su libramiento e indicar concretamente la información solicitada. Esto evitará demoras en el trámite de la contestación.
Si el oficio fue diligenciado previamente a la entrada en vigencia de la acordada 15/2020 (01/06/2020) se puede reingresar por el sistema DEOX y diligenciarlo en forma electrónica”.