El Estado Nacional pagara indemnización a la empresa Atanor por perjuicios registrados tras las explosiones de Río Tercero.
Es una resolución de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal que beneficia además a Petroquímica Río Tercero y a Tradición Seguros.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal dispuso que se abonen millonarias indemnizaciones Petroquímica Río Tercero, Atanor y Tradición Seguros por los perjuicios originados en las explosiones registradas en la Fabrica Militar de Rió Tercero – Provincia de Cordoba – en el año 1995. En la resolucion de los Camaristas Alfredo Gusman, Ricardo Guarinoni y Santiago Kiernan se señala que “ del auto de procesamiento de la causa penal se advierten alarmantes condiciones de inseguridad y de prevención en el mantenimiento de la fábrica”
También los Dres. Alfredo Gusman, Ricardo Guarinoni y Santiago Kiernan tras analizar apelaciones correspondientes a una serie de actuaciones acumuladas señalan que “ a esta altura, no pueden caber dudas de la responsabilidad de la demandada, máxime atendiendo al carácter del material que se producía en la planta, que debió llevar a la Dirección General de Fabricaciones Militares a extremar los recaudos de protección y precaución. Su conducta anterior y posterior al primer hecho es demostrativa de que no lo hizo”.
Los integrantes de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal además se remitieron a los Decretos PEN que dictó el Ex –Presidente de la República Argentina Carlos Saúl Menem y precisan que “si alguna vacilación resta acerca de la responsabilidad de las demandadas en la tragedia de Río Tercero, los decretos 691/95, 992/95 y 158/97 bastan para disiparla. En dichos reglamentos de necesidad y urgencia el Estado Nacional establece un régimen de ‘resarcimiento’ para las víctimas de los luctuosos sucesos”.