Legislatura
IDT
NoticiasJudiciales.INFO tiene su cuenta en Twitter : @NJudiciales La Dra. Ana María Figueroa es la nueva Presidente de la Cámara Federal de Casación Penal Otorgó la Corte Suprema de Justicia de la Nación una medalla al Dr. Raul Zaffaroni en reconocimiento por su paso por el Alto Tribunal de la República Argentina Proponen al Dr. Roberto Manuel Carles para cubrir vacante en la Corte Suprema de Justicia de la Nación La denuncia por presunto encubrimiento en la investigación de la causa AMIA quedó radicada ante el Juez Daniel Rafecas
21 de abril de 2010 | 17:00

El Estado Nacional pagara indemnización a la empresa Atanor por perjuicios registrados tras las explosiones de Río Tercero.

Es una resolución de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal que beneficia además a Petroquímica Río Tercero y a Tradición Seguros.

Cambiar tamaño
ATANOR

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal dispuso que se abonen millonarias indemnizaciones Petroquímica Río Tercero, Atanor y Tradición Seguros por los perjuicios originados en las explosiones registradas en la Fabrica Militar de Rió Tercero – Provincia de Cordoba – en el año 1995. En la resolucion de los Camaristas Alfredo Gusman, Ricardo Guarinoni y Santiago Kiernan se señala que “ del auto de procesamiento de la causa penal se advierten alarmantes condiciones de inseguridad y de prevención en el mantenimiento de la fábrica”

También los Dres. Alfredo Gusman, Ricardo Guarinoni y Santiago Kiernan tras analizar apelaciones correspondientes a una serie de actuaciones acumuladas señalan que “ a esta altura, no pueden caber dudas de la responsabilidad de la demandada, máxime atendiendo al carácter del material que se producía en la planta, que debió llevar a la Dirección General de Fabricaciones Militares a extremar los recaudos de protección y precaución. Su conducta anterior y posterior al primer hecho es demostrativa de que no lo hizo”.

Los integrantes de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal además se remitieron a los Decretos PEN que dictó el Ex –Presidente de la República Argentina Carlos Saúl Menem y precisan que “si alguna vacilación resta acerca de la responsabilidad de las demandadas en la tragedia de Río Tercero, los decretos 691/95, 992/95 y 158/97 bastan para disiparla. En dichos reglamentos de necesidad y urgencia el Estado Nacional establece un régimen de ‘resarcimiento’ para las víctimas de los luctuosos sucesos”.