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23 de agosto de 2016 | 17:00

El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad solicitó información sobre el IVC

Se requirió datos sobre la forma en que Instituto de la Vivienda de la Ciudad gestiona su presupuesto

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El Ministerio de Defensa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –MPDCABA- solicitó datos sobre la forma en la que el Instituto de la Vivienda /IVC gestiona su presupuesto y, en particular, la manera en la que lleva a cabo las distintas líneas de acción mediante las cuales debe reducir el déficit habitacional. Desde el MPDCABA señalaron que se presentó un recurso de inconstitucionalidad  - con fundamento en el carácter obligatorio y público de la información requerida - para ser resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el MPDCABA:

“El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Buenos Aires (MPD) solicitó, con fundamento en la ley de Acceso a la Información Pública, datos sobre la forma en la que el Instituto de la Vivienda (IVC) gestiona su presupuesto y, en particular, la manera en la que lleva a cabo las distintas líneas de acción mediante las cuales debe reducir el déficit habitacional. Debido a la falta de respuesta del organismo y tras dos instancias judiciales, el MPD presentó un recurso de inconstitucionalidad para ser resuelto por el Tribunal Superior de Justicia porteño, con fundamento en el carácter obligatorio y público de la información requerida.

En concreto, primero la Defensoría en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°1, a cargo de Lorena Lampolio y luego la Defensoría de Cámara CAyT N°2, a cargo de Mariana Pucciarello, solicitaron que se detalle, entre otros datos de interés, la cantidad de créditos otorgados en el marco de la ley N° 341, el progreso en la construcción de viviendas sociales y los avances del programa de integración y transformación de villas.

En primera instancia el amparo tuvo resultado favorable, pero fue revertido parcialmente en segunda instancia. Esta revocación parcial vacía de contenido la obligación del IVC de entregar información, pues limita la obligación del ente a poner a disposición de la demandante la información con la que cuente, sin efectuar ningún tipo de precisión sobre la información que obligatoriamente aquél debe producir. Por ello, el recurso presentado ante el TSJ.

“La CABA tiene la obligación de resolver progresivamente el déficit habitacional, de infraestructura y de servicios, dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica y con necesidades especiales de escasos recursos. Así lo prevé el artículo 31 de la Constitución de la Ciudad”, señala la Defensoría de Cámara.

“El dispositivo institucional creado con ese objetivo es el Instituto de Vivienda de la Ciudad” explica la presentación y agrega que “anualmente recibe un importante presupuesto con el objeto de cumplir con el objetivo antes señalado”. “No obstante ello, el problema habitacional crece año a año sin dar respuesta al importante déficit ya existente ni al que se genera como consecuencia del mero crecimiento demográfico”, describe.

“Todo aquello se hace evidente de muchas maneras. No sólo se ve a simple vista en las calles sino que existen estudios que así lo demuestran. Uno de los ámbitos en los que ese déficit se manifiesta es la Defensoría General de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo principal motivo de litigio está relacionado con la falta de viviendas y uno de sus efectos más graves que es la gente en situación de calle”, concluye la Defensoría de Cámara”.