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15 de noviembre de 2010 | 17:00

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad rechazó un recurso presentado por la Ex- Juez Rosa Parrilli

En la resolución dictada se señala que no han sido probados ni acreditados los planteos efectuados.

Por Leonardo Scolpatti
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Con los votos de los Dres. Ana María Conde, Luis Lozano, Alicia Ruiz y Carlos Balbín el Tribunal Superior de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires -TSJCABA- rechazó el recurso directo por arbitrariedad presentado por la Dra. Rosa Elsa Parrilli contra el fallo que dispuso su destitución del cargo de Juez - finales del año 2209 - . La Dra. Ana María Conde rechazó uno por uno los reclamos, porque la recurrente “no ha probado” ni “acreditado” sus planteos, o bien porque ya habían sido tratados oportunamente tanto por el Consejo de la Magistratura como por el Jury de enjuiciamiento. También señaló que sus cuestionamientos “sólo muestran su discrepancia con los argumentos que sustentaron la resolución contraria a su pretensión” y que “la queja acerca de la violación de la garantía de imparcialidad, está basada en simples suposiciones”.

También la Presidente del TSJCABA señaló que que “tod o lo aquí expuesto pone en evidencia que, una vez más, los agravios de la recurrente o bien sólo discrepan con los argumentos desarrollados por la mayoría del jurado, o bien intentan desvirtuar su contenido en algún punto, tal como el referido a la configuración de la causal de remoción por inhabilidad psíquica.” Además reiteró que el TSJCABA " no puede sustituir al Jurado de Enjuiciamiento en su deliberación, ya sea en lo que atañe al encuadramiento de los hechos en las causales constitucionales de destitución o a la apreciación de la prueba de las acciones que motivaron la acusación, pues ello constituye un ámbito reservado al exclusivo juicio de dicho órgano conforme a la Constitución de la CABA y a la doctrina del Tribunal Supremo".

El Dr. Luis Lozano al adherir al voto de la Dra. Ana María Conde precisó “ tal como allí se concluye los agravios esgrimidos por la recurrente no logran demostrar que el pronunciaminto impugnado pueda ser descalificado por padecer “manifiesta arbitrariedad”. En este mismo sentido, la Dra. Alicia Ruiz, manifestó que “ el recurso traído ante el Tribunal Superior reitera el contenido de las presentaciones que la defensa hiciera ante el Consejo de la Magistratura y luego ante el Jurado de Enjuiciamiento, que éste órgano tuvo en cuenta y analizó pormenorizadamente al resolver el 17/12/09. Subrayó que las impugnaciones no agregan nuevos argumentos que pongan en crisis la resolución mencionada y que ameriten su consideración en esta instancia.”