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18 de agosto de 2010 | 17:00

El Tribunal Superior de Justicia falló en las actuaciones iniciadas por conflicto de poderes

Resolvió que no pueden ser ejecutadas medidas judiciales dictadas en torno a procesos vinculados con la postulación de la Dra. Daniela Ugolini.

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El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –TSJCABA- en el marco de las actuaciones iniciadas a raíz de un conflicto de poderes – planteado entre el Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo de la Ciudad en torno a la postulación de la Dra. Daniela Ugolini para cubrir la vacante existente en el Máximo Tribunal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – resolvió que que no pueden ser ejecutadas las medidas judiciales dictadas por los Jueces Roberto Gallardo y Elena Liberatori - pertenecen a causas vinculadas con presuntas irregularidades en el proceso de postulación - .La resolución del TSJCABA lleva la firma de los Ministros Ana María Conde, José Casas, Luis Lozano, Alicia Ruiz - en disidencia - y la Dra. Elizabeth Marum - convocada ante la vacante existente -.

Tambien el TSJCABA declaró como cuestion abstracta el planteo efectuado por el Poder Ejecutivo de la Ciudad contra la decisión adoptada por el Juez Guillermo Scheibler en un expediente relacionado con la postulación de la Dra. Daniela Ugolini. “Sostener que el Poder Ejecutivo no está legitimado en relación a las medidas judiciales que suspendieron el trámite ante la Legislatura, es una visión sesgada que omite que el Poder Ejecutivo ha ejercitado una facultad —proponer— que la CCBA pone en exclusiva cabeza de la Legislatura revisar. Si una medida judicial interfiere en dicha atribución de la Legislatura —en concreto le impide considerarla aceptando o rechazando la propuesta del Poder Ejecutivo— está afectando también la atribución del Poder Ejecutivo a que su propuesta sólo sea revisada por la Legislatura” señala la resolucion del TSJCABA.

“Si la Legislatura pudo avanzar con los trámites de designación de la candidata Ugolini y celebrar la audiencia pública prevista en la ley, y todo ello fue realizado sin que existieran dudas u objeciones en su ejecución, fue porque este Tribunal suspendió las medidas cautelares que ordenaban no seguir adelante con el procedimiento de designación, y que si luego decidió no someter a votación del cuerpo el pliego de la candidata o postergar la oportunidad para hacerlo, esa es una opción que corresponde al Poder Legislativo y que es ajena a cualquier otro órgano ponderar por fuera de las previsiones constitucionales. En este caso, el objeto de la acción y aquello por lo que debe velar este Tribunal de acuerdo con el mandato constitucional, se limita a garantizar que la Legislatura pueda ejercer plenamente sus opciones” se afirma en la sentencia del TSJCABA.

Además el pronunciamiento del TSJCABA señala que “ cada uno de los poderes del estado debe actuar, en su ámbito, bajo estricta legalidad y sus actos deben estar desprovistos de cualquier mácula que pueda empañarlos, más aún los de trascendencia institucional, como lo son los que forman parte del proceso de designación de un magistrado del Tribunal Superior; en especial si se repara que la Constitución ha pautado un mecanismo específico para despejar la cuestión”.La Ministro Alicia Ruiz en su voto en disidencia sostiene que “no se han respetado las atribuciones de los jueces de primera y de segunda instancia del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario, ya que ni el Poder Ejecutivo ni la Legislatura hicieron uso de los diversos recursos que prevén las normas procesales de la Ciudad..”.