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07 de septiembre de 2010 | 17:00

Emiten la Declaración de Potrero de los Funes

El documento se elaboró durante las XXIII Jornadas Nacionales del Ministerio Público desarrolladas recientemente en la Provincia de San Luis.

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Se realizaron recientemente en la ciudad de Potrero de Funes – Provincia de San Luis – las XXIII Jornadas Nacionales del Ministerio Público.Durante este encuentro se abordaron temas vinculados con el Recurso Extraordinario, La Defensa Pública y la protección de los derechos de los immigrantes y Justicia Juvenil restaurativa, entre otros.

En las XXIII Jornadas Nacionales del Ministerio Público expusieron los Dres. Stella Maris Martínez –Defensora General de la Nación - , Cristian E. Barrita - Defensor Público Oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de la Capital Federal – y Atilio Álvarez, Defensor Público Oficial de Menores e Incapaces de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo N° 2, entre otros.

NoticiasJudiciales.INFO reproduce la Declaracion de Potrero de los Funes emitida en las XXIII Jornadas Nacionales del Ministerio Público:

Declaración de POTRERO DE LOS FUNES Provincia de San Luis SEPTIEMBRE DE 2010

En Potrero de Los Funes, Pcia. de San Luis, en el año del Bicentenario de la Patria y en el marco de las XXIII Jornadas Nacionales de los Ministerios Públicos de la República Argentina, reunido el Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina, con la asistencia de los miembros que firman al pie de la misma. Declararon:

· Que como ha manifestado reiteradamente este Consejo, la independencia de las Instituciones involucradas en la administración de Justicia requiere de actos concretos de sus integrantes, especialmente de sus cabezas en cuanto en ellas se reconoce constitucionalmente el imperio necesario para mantener su inviolabilidad frente a los otros Poderes del Estado.

· Que tanto la independencia como la autonomía funcional y presupuestaria del Ministerio Público en todas sus ramas debe abordarse y concretarse; pues en tales pilares se asienta el real acceso a justicia y la tutela efectiva de los derechos que la Sociedad reclama y merece. ·

Que la defensa de los intereses y los derechos del Ciudadano en general y de los sectores más vulnerables en especial, están a cargo del Ministerio Público, para lo cual las acciones y estrategias eficientes deben estar acompañadas de recursos humanos y materiales suficientes.

· Que el fortalecimiento del Ministerio Público, en tanto institución necesaria en la conformación republicana, debe ser atendida en clave estratégica por los Gobiernos Democráticos, impulsando su modernización, aggiornamiento y capacitación, mediante una asignación presupuestaria que revele el compromiso de cumplir cabalmente con la obligación preambular de proveer el bienestar general y garantizar el afianzamiento de la Justicia.

· Que, en este orden, es condición básica para transitar seria y exitosamente el camino hacia el establecimiento del sistema acusatorio que se otorgue al Ministerio Público Fiscal la potestad de conducir la investigación del delito, dotándolo de una Policía Judicial (que en el derecho y en los hechos responda a su autoridad).

· Que no resulta conveniente a la salud del sistema republicano, que el Ministerio Público Fiscal, intra o extra Poder, deba acudir al auxilio del Poder Ejecutivo para investigar los hechos ilícitos.

· Que en este sentido, el Consejo ha llevado adelante el proyecto de implementación de laboratorios Regionales de Investigación Forense, logrando el financiamiento para la adquisición de aparatología de última generación que estará al servicio de los Poderes Judiciales y Ministerios Públicos; gestión que se plasma con neto sentido federal y que evidencia la voluntad de concreción de acciones que dependen de nuestra propia iniciativa.

· Que en cumplimiento del cabal ejercicio de la Defensa del que es acreedor todo habitante de nuestra República, debe fortalecerse la estructura de la Defensa Pública Pupilar y Tutelar, asegurando el equilibrio y la igualdad de armas.

· Que la garantía del debido proceso legal que conlleva el ejercicio de una defensa plena y de calidad del justiciable, debe ser percibida, asimilada y respetada por los miembros de la Sociedad como herramienta sólida e insoslayable para procurar Justicia, signo de madurez y convivencia en el marco de un Estado de Derecho. En razón de lo cual, este Consejo invita a la reflexión y repudia todo juicio descalificante o denostante de la tarea de la Defensa Pública en todos los procesos, cualquiera fuera la naturaleza del delito, en los que por mandato constitucional deban representar los intereses de los imputados. ·

-Que el Ministerio Público de la República Argentina advierte con preocupación la escalada de violencia institucional so pretexto de represión del delito. No existe causa que justifique la violación de garantías constitucionales y menos aún la pérdida de vidas humanas.

- Consejo Federal de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina.-