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27 de junio de 2011 | 17:00

Imponen multa de $ 500 diarios a funcionaria del Ministerio de Seguridad de la Nación

La Dra. Cristina Caamaño Iglesias Paiz no cumplió la orden de desalojo de las viviendas tomadas en el Bajo Flores.

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El Juez Federal de Quilmes – Provincia de Buenos Aires - , Dr. Luis Armella impuso una multa de $ 500 diarios a la Dra. Cristina Caamaño Iglesias Paiz - Secretaria de Seguridad Operativa / Ministerio de Seguridad de la Nación – por no ejecutar la orden de desalojo del complejo de viviendas tomado en el Bajo Flores - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - .

NoticiasJudiciales.INFO reproduce un tramo de la decisión del Dr. Luis Armella:

“I.- Hacer saber al Señor Presidente de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo, Dr. Juan José Mussi y al Señor Presidente del Instituto de la Vivienda, Don Omar Abboud, que deberán ajustar su accionar en cuanto a los plazos necesarios para el reacondicionamiento del predio en cuestión a los lineamientos expresados en los Considerandos 1º y 2º de la presente.-

II.- Hacer efectiva la sanción de multa diaria por la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500) impuesta a la Sra. Secretaria de Seguridad Operativa de la Nación, Dra. Cristina Caamaño Iglesias Paiz, de conformidad con los parámetros expresados en la presente, la cual deberá ser abonada de su propio peculio.-

III.- Otorgar a la Sra. Secretaria de Seguridad Operativa de la Nación, Dra. Cristina Caamaño Iglesias Paiz, el plazo de cuarenta y ocho (48) horas para efectivizar el deposito de la sanción de multa impuesta, y en caso de no acreditarse ello debidamente en autos, requiérase a los organismos correspondientes, la certificación de ingresos que por su función percibe -en todo concepto-, como así también su declaración jurada de bienes, a los efectos de efectuar los embargos de ley que pudieran corresponder.-

IV.- Hacer saber que una vez depositados los fondos provenientes de la mencionada multa, y concluidas las etapas procesales, sean puestos a disposición de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo para que sean aplicados a la reparación, reacondicionamiento y puesta en valor de los inmuebles desalojados, debiendo acreditarse fehacientemente en autos tal circunstancia bajo apercibimiento de aplicar la sanción prevista en el fallo en ejecución.-

V.- Regístrese y notifíquese por Secretaría. Comuníquese para su toma de razón a la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante atenta nota de estilo.”