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18 de junio de 2010 | 17:00

Indemnizarán a paciente que sufrió accidente dentro de una ambulancia del S.U.T.E.R.H.

Una mujer registró una lesión sangrante en la zona occipital izquierda tras el golpe recibido por un cajon que cayo desde un botiquin.

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La Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal condenó a la Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal -O.S.P.E.R.Y.H- y al Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal -S.U.T.E.R.H- a indemnizar a una mujer que sufrió lesiones en su cabeza cuando era trasladada en una ambulancia para poder realizar un control médico. La medida fue dispuesta en las actuaciones caratuladas : “R. R. D. C. c/ O.S.P.E.R.Y.H. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS”. Los Camaristas María Susana Najurieta y Martín Diego Farell señalaron que el S.U.T.E.R.H era el dueño del rodado donde se registró el accidente que dió origen a la demanda y establecieron una indemnización de $ 18.000 - $ 10.000 por daño moral y $ 8.000 por incapacidad física -.

En estas actuaciones quedó acreditado que el día 18 de Mayo de 2002 a raíz de una maniobra brusca de giro - en la interseccion de la calle Tte. Gral .Juan Domingo Perón y la Avda. J. Salguero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - un cajon de botiquin cayó sobre la cabeza de una mujer que era transportada en una ambulancia de la OSPERYH. La paciente - que tenia previsto realizar un control por un cuadro de trombosis en una de sus piernas - registró una lesión sangrante en la zona occipital izquierda. El SUTERH en esta demanda manifestó que la ambulancia era propiedad y responsabilidad de la OSPERYH - persona jurídica distinta al sindicato - y que el vehículo no estaba bajo su vigilancia. Posteriormente quedó comprobado que el rodado era propiedad del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal.