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04 de abril de 2011 | 17:00

La Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad le responde al Defensor General Mario Kestelboim

Mediante el Acuerdo 20/2011 se ratificó la competencia para intervenir en los casos de usurpación.

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Dr. Mario Kestelboim

La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –CPCFCABA – ratificó su competencia para intervenir en los casos de usurpación. El Defensor General de la Ciudad, Dr. Mario Kestelboim habia afirmado que los Jueces locales no pueden juzgar este tipo de hechos. “Las competencias de los magistrados jueces en materia Penal surgen claramente de lo dispuesto en las Cláusulas Primeras de los Convenios de Transferencia Progresiva de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la CABA suscriptos el 31 de mayo de 2001 y el 14 de diciembre de 2006, los que fueron ratificados por ley 597 (BOCABA 1223 del 29.6.2001), ley 25752 (BO 30200 del 28.7.2003), ley 2257 (BOCABA 2609 del 22.1.2007) y ley 26357 (promulgada de hecho el 28.3.2008, publicada en el BO el 31.3.2008) respectivamente” afirmaron los integrantes de la CPCFCABA.

También los Jueces de Cámara Marta Paz. Marcela De Langhe, Elizabeth Marum, Pablo Bacigalupo, Fernando Bosch, Marcelo Vázquez, Jorge Franza, Sergio Delgado y José Sáez Capel señalaron “ el pretendido desconocimiento de una realidad consolidada desde el año 2003 a la fecha que se encuentra fuera de toda discusión, salvo para la opinión personal del señor Defensor” y resaltaron la existencia del Proyecto de Ley con media sanción votada por unanimidad en el Senado que transfiere nuevos delitos a esta Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.La CPCFCABA, presidida por el Dr. José Sáez Capel, además señaló “ el mandato expreso permanente e irrenunciable del Pueblo de la Ciudad que conforme el art. 6 de la Constitución de la CABA el señor Defensor tiene y que en el caso omite”.