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22 de junio de 2010 | 17:00

La Dra. Carmen Argibay afirma que la ANSES no paga lo que debe y que esto sobrecarga los Tribunales

También la Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación señaló que llegan causas de previsión social porque están mal calculados los haberes.

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Ministro CSJN Carmen Argibay

La Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- CSJN - , Dra. Carmen Argibay manifestó que la Administración Nacional de la Seguridad Social –ANSES – “ no paga lo que debe, incluso cuando hay sentencias que la obligan a pagar, y tratar de llegar hasta la CSJN “. Además precisó que “ el problema es que la ANSES paga mal, entonces, todos empiezan a hablar de la industria del juicio, que todos quieren llegar a la CSJN”

“Nos llegan las causas de previsión social porque están mal calculados los haberes, las jubilaciones están mal hechas" afirmó la Dra. Carmen Argibay en declaraciones periodísticas realizadas durante un programa de radio. También la integrante de la CSJN expresó su disconformidad con la idea de crear más Juzgados Federales de la Seguridad Social y señaló que la ANSES debería “ seguir pagando los porcentajes de ajuste”. – Fallo CSJN “Badaro” – y que la ANSES al no pagar “sobrecarga los Tribunales”.

Recientemente la CSJN volvió a suspender los plazos para dictar sentencia en la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social y en los Juzgados Federales de Primera Instancia del fuero- suspensión de 180 días -. Esta decisión tiene su origen en una petición efectuada ante la crítica situación estructura de la Justicia Federal de la Seguridad Social por la gran cantidad de expedientes en trámite, el aumento de demandas derivadas de las últimas reformas legislativas.

En el mes de Junio de 2009 la CSJN ya había suspendido por 180 días los plazos para dictar sentencia en la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social y en los Juzgados Federales de Primera Instancia del fuero. En esta oportunidad los Ministros Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Maqueda y Ricardo Lorenzetti dispusieron que la suspensión de los plazos fuera de aplicación en todos aquellos expedientes que tuvieran llamamiento de autos al día 23 de Junio de 2009.