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16 de abril de 2010 | 17:00

Las empresas de transporte deben asegurar la atención a los usuarios

La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor del Gobierno de la Ciudad señaló que deben brindar atención durante un mínimo de cuatro horas diarias los primeros 10 días hábiles cada mes.

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Colectivo con recorrido en la ciudad de Buenos Aires

La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires recordó que las empresas de transporte público de pasajeros deben cumplir con lo dispuesto en la Ley Nº 3173, que las obliga a brindar una atención a los usuarios durante un mínimo de cuatro horas diarias los primeros 10 días hábiles cada mes. Desde el organismo, que depende de la Subsecretaría de Atención Ciudadana, se recordó también que a las empresas que no cumplan con lo establecido por la normativa se le podrá aplicar el procedimiento administrativo previsto en la Ley Nº 757 - además los usuarios del servicio pueden presentar denuncias en cualquiera de los Centros de Gestión y Participación Comunal a los efectos de exigir que se habiliten oficinas de atención en el ámbito porteño -.

Esta recomendación se suma a la pubicacion en la página web de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de los datos correspondientes a las oficinas de atención al usuario que las empresas de transporte público automotor de pasajeros habilitaron para tramitar el boleto estudiantil. El buscador habilitado permite acceder a la información solo para las líneas de colectivos que tienen un recorrido parcial o total dentro de la juridiscción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Según lo dispuesto por la normativa vigente la ubicación de las oficinas deberá realizarse en zonas correspondientes a alguna de las comunas en las que realiza su recorrido. Otro de los puntos que establece la norma es la posibilidad de utilizar una misma oficina para más de una línea. Las empresas de transporte deben notificar anualmente al organismo porteño los lugares, horarios y días de atención, antes del 28 de febrero de cada año.