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11 de noviembre de 2010 | 17:00

Ordenan a la obra social de petroleros cubrir tratamiento de fecundacion in vitro

El Juez Federal de Córdoba, Dr. Alejandro Sánchez Freytes dispuso la medida en el marco de una acción de amparo.

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El Juez Federal de Córdoba –Provincia de Córdoba -, Dr. Alejandro Sánchez Freytes ordenó a la obra social de petroleros –OSPE- cubrir un tratamiento de fecundación in vitro que fue solicitado por una mujer que no puede quedar embarazada. “ La Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que la salud es ‘un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades’. Esta definición está fundada en el concepto de bienestar y centrada a la vez en la salud física y la salud mental” señaló el Dr. Alejandro Sánchez Freytes.

También el titular del Juzgado Federal de Córdoba N°2 precisó que “ efectuando un análisis de todas las precisiones y posturas asumidas por los organismos y tribunales citados, surge que la existencia de un funcionamiento anormal del sistema reproductivo que priva a algunas personas de cualquier nivel socioeconómico de crear una familia, debe ser considerado como una enfermedad o patología, debiendo reconocerles en consecuencia a dichas personas el derecho a gozar de los beneficios del progreso científico y su aplicación”.

“Corresponde hacer lugar a la acción de amparo articulada y en consecuencia ordenar a la obra social demandada la cobertura total e integral del tratamiento de fertilización in Vitro (FIV) con la técnica ICSI a realizarse con el profesional y clínica de esta ciudad de Córdoba que tenga convenio con la obra social demandada o en su caso, a elección de ésta última, salvo claro está acuerdo de partes sobre el particular” manifestó el Juez Federal Alejandro Sánchez Freytes. La medida ordenada además estableció un limite y fijó en 3 los tratamientos de fecundación asistida.