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04 de abril de 2011 | 17:00

Pautas para la percepción de aportes públicos en los partidos políticos

Fueron establecidas por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Urna electoral

El Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -MJSCABA- estableció las pautas para la percepción de aportes públicos en los partidos políticos. NoticiasJudiciales.INFO pudo constatar que las agrupaciones políticas, alianzas o confederaciones deben presentar la documentación original - o copia certificada - que acredite el número de la cuenta del Banco Ciudad de Buenos Aires exigido por la Ley Nº 268.

También las fuerzas políticas deberán presentar documentación correspondiente a la designación de las personas autorizadas por los órganos partidarios competentes para operar la denominada “ cuenta de campaña”- acta partidaria certificada ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -. El tramite deberá efectuarse en la Dirección General Electoral, sita en Avda. de Mayo 633, 7º piso, de lunes a viernes en el horario de 11:00 a 18:00 hs.

Los importes correspondientes a cada alianza participante en la elección de Legisladores/as del año 2009 se distribuirá entre los partidos o confederaciones integrantes conforme al acuerdo de distribución de fondos celebrado para aquella oportunidad – en caso de no existir acuerdo se repartiran en partes iguales -. Además el MJSCABA determinó que todas las fuerzas políticas deberán acreditar la constitución de su respectivos domicilios legales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.