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06 de diciembre de 2011 | 17:00

Rechazan amparo contra norma que permite denegar la licencia de conducir profesional cuando existen antecedentes penales

Es una decisión adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –TSJCABA - rechaza amparo presentado contra la norma - Ley N° 2148 - que permite denegar la licencia de conducir profesional cuando existen antecedentes penales. El Ministro Francisco Luis Lozano señaló que la reglamentación del derecho a trabajar “ puede incluir restricciones –incluso con mayor intensidad cuando están en juego servicios de transporte público-, vinculadas a la aptitud exigible al aspirante a obtener una licencia de conducir profesional”. Además sostuvo que “ resulta indispensable mostrar la relación directa que existe entre la denegatoria de la licencia solicitada y el aumento de la preservación de la seguridad en el tránsito”.

También los Ministros TSJCABA Ana María Conde y José Casás – votos conjunto- precisaron “ que la autoridad de aplicación, en ejercicio del ‘poder de policía’ conferido por el ordenamiento jurídico vigente, efectuó un juicio de valor y concluyó que dada la relevancia de los antecedentes penales del interesado – fue condenado por ser coautor penalmente responsable del delito de robo con armas en grado de tentativa (…), perpetrado en un rodado de alquiler—no reunía los requisitos de idoneidad habilitantes para obtener una licencia de conducir profesional, sin que ello importe limitar o vulnerar en modo alguno su derecho a trabajar y ejercer industria lícita”.