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04 de julio de 2011 | 17:00

Rechazan amparo presentado por la Legisladora Roció Sanchez Andía sobre publicidad oficial del Gobierno de la Ciudad

Es una decisión adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Legisladora Rocío Sanchéz Andía

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –TSJCABA- rechazó un amparo presentado por la Legisladora Rocío Sanchéz Andía – Bloque Coalición Cívica - para solicitar que el Gobierno de la Ciudad se abstenga de “ incluir en la publicidad oficial y en la comunicación en general cualquier elemento que se identifique con un funcionario público o integrante de una agrupación política, y especialmente la prohibición del empleo del color amarillo utilizado por el partido Propuesta Republicana (PRO)”.

En la resolucion judicial se señala que la amparista y la totalidad de personas que solicitaron intervenir como terceros interesados – Diputada Nacional María Fernanda Reyes y los Legisladores Martín Hourest, Fernando Sánchez, Fabio Basteiro y Marcelo Parrilli - no se inscriben en el universo de personas con capacidad para instar una acción por violación a la ley 268 - candidatos a cargos electivos locales -. En estas actuaciones se registró la adhesión posterior de la Senadora Nacional María Eugenia Estenssoro y se sostiene que “adquirió legitimidad tras oficializar su candidatura a Jefa de Gobierno de la Ciudad”.

La presente acción no puede prosperar, básicamente, a partir de la falta de identificación de hechos o actos concretos de las autoridades del GCBA que puedan ser encuadrados de manera incontrovertible como conductas contrarias al artículo 3 de la ley 268” expresó el Ministro TSJCABA José Osvaldo Casás. Ademas señaló que el Gobierno de la Ciudad hasta que no concluya el proceso electoral “ incluya la leyenda ‘Propaganda Institucional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires’, en todo instrumento publicitario de que se valga durante el breve período que resta hasta los actos comiciales para distinguir, con la mayor nitidez, la difusión oficial de los actos de Gobierno de la actividad proselitista partidaria”.