Legislatura
IDT
NoticiasJudiciales.INFO tiene su cuenta en Twitter : @NJudiciales La Dra. Ana María Figueroa es la nueva Presidente de la Cámara Federal de Casación Penal Otorgó la Corte Suprema de Justicia de la Nación una medalla al Dr. Raul Zaffaroni en reconocimiento por su paso por el Alto Tribunal de la República Argentina Proponen al Dr. Roberto Manuel Carles para cubrir vacante en la Corte Suprema de Justicia de la Nación La denuncia por presunto encubrimiento en la investigación de la causa AMIA quedó radicada ante el Juez Daniel Rafecas
25 de junio de 2019 | 17:00

Rechazan demandas colectivas contra resoluciones sobre suministro de energía eléctrica

Es una decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Cambiar tamaño

La Corte Suprema de Justicia de la Nación -CSJN- demandas colectivas por tarifas promovidas sobre suministro de energía eléctrica por los defensores del pueblo de las provincias de Chaco, Corrientes y Formosa.

Noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por la CSJN:

“La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el voto de los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, desestimó las demandas colectivas promovidas por los defensores del pueblo de las provincias de Chaco, Corrientes y Formosa por falta de legitimación para cuestionar resoluciones dictadas por autoridades nacionales en materia de suministro de luz (resolución n° 6/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación) y de peajes (resolución n° 46/2016 de la Dirección Nacional de Vialidad).

De este modo, el Máximo Tribunal ratificó la doctrina sentada en sus precedentes de Fallos 329:4542, 340:745 y 341:1727, en el sentido de que los defensores del pueblo provinciales carecen de legitimación activa para cuestionar normas dictadas por autoridades nacionales.

 En esta oportunidad, al admitir los recursos interpuestos por la representación del Estado Nacional, revocó las sentencias de cámara que habían reconocido legitimación a los defensores del pueblo locales para impugnar distintos actos de carácter nacional y dispuso rechazar las demandas por ellos promovidas, de conformidad con los precedentes citados”.