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Legislatura
IDT
06 de julio de 2012 | 17:00

Avanza la acción de amparo presentada para proteger al Convento Santa Catalina de Siena

El Gobierno de la Ciudad remitió información sobre el proyecto autorizado para la construcción de importante edificio junto a la Iglesia edificada en el año 1745.

Obra lindante al Convento Santa Catalina de Siena

El Gobierno de la Ciudad remitió información requerida por el Juez Hugo Zuleta – titular del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N° 10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- en el marco de la acción de amparo para presentada para proteger al Convento Santa Catalina de Siena - edificado en el año 1745 y con declaración de Monumento Histórico Nacional desde el año 1942 – ante el riesgo que acarrea el proyecto de construcción que se ha autorizado en la manzana comprendida en Avda. Córdoba Nº 402 a 444, esquina Reconquista Nº 710 a 790, esquina Viamonte Nº 409 a 445 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En la presentación judicial realizada por la Asociación Basta de Demoler –BdD- y un grupo de ciudadanos se afirma que la construcción autorizada -“ mole de cemento” – “provocará daños enormes al monumento histórico que defendemos, daños irreparables, ante la suma vejez de este monumento que data del año 1745, una de las más antiguas obras existentes en esta zona de la Ciudad, una construcción de 267 años”. En la acción de amparo se precisa además que la construcción cuestionada es “ un mega proyecto, con destino a oficinas comerciales, hotel 4/5 estrellas, viviendas, apart hotel, locales comerciales y estacionamientos con una superficie de parcela de 6.563,58 m2 y un FOT de 45.945,76 m2”.

También el Juez Hugo Zuleta, en el marco de las actuaciones caratuladas “LA ASOCIACION CIVIL BASTA DE DEMOLER Y OTROS CONTRA GCBA Y SOBRE AMPARO (ART. 14 CCABA)”dispuso un reconocimiento judicial del predio ubicado entre la Avda. Córdoba 402 a 444, esquina Reconquista 710 a 790, esquina Viamonte 409 a 445, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ( Nomenclatura Catastral: Circunscripción 14, Sección 01, Manzana 40, Parcela 1c) y además citó a BdD, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la empresa “ Inversora Santa Catalina de Siena S.A. BdD aseguró que “nadie se preocupó por evaluar el impacto ambiental real que podría ocasionar sobre el patrimonio histórico la construcción de una mole de cemento”.

“El demandado es el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, quien con su accionar ha permitido y autorizado tremendo exabrupto, pegado a un monumento histórico perteneciente a todos los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires y atracción para un gran número de turistas que se acercan diariamente para visitarlo” precisa BdD en la acción de amparo y además aseguró que la construcción aprobada “ afecta directamente el paisaje y las vistas urbanas, impacta en forma sustancial la dinámica de la zona, el trasporte automotor, el transporte público, y afecta la atención espiritual que se brinda desde el Monasterio generando un impacto ambiental de gravedad severa, que entendemos no ha sido previsto”.