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Legislatura
IDT
26 de febrero de 2010 | 17:00

Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil con sede y competencia en Pilar

Comenzará a funcionar desde el día 18 de Marzo de 2010 .Estará ubicado en la calle 12 de Octubre entre Los Claveles y Las Rosas.

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires -SCJPBA - dispuso que desde el próximo 18 de Marzo comenzará a funcionar el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1 del Departamento Judicial de San Isidro, con sede en Pilar, al tiempo que ordenó la disolución del Tribunal de Menores Nº 6, el cual estaba vacante. El nuevo organismo, según la Resolución 29/2010, se instalará en un edificio ubicado en la calle 12 de Octubre entre Los Claveles y Las Rosas de la ciudad de Pilar, para lo cual la Dirección General de Arquitectura, Obras y Servicios y la Subsecretaría de Información adoptarán las medidas pertinentes.

Asimismo, se ordenó transformar en Juez de Responsabilidad Penal Juvenil, el cargo de Juez de Tribunal de Menores del Departamento Judicial de San Isidro - vacante por la renuncia de la Dra. Flavia María Graciela Valgiusti y asignarlo al Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1 de San Isidro. El Dr. Fernando Ribeiro Cardadeiro, Juez Subrogante del Tribunal de Menores nº 6 disuelto, deberá realizar un inventario de las causas correspondientes a la transición de dicho organismo, para que posteriormente la Cámara Penal de San Isidro proceda a redistribuir las mismas, mediante el sorteo y adjudicación a la totalidad de los Magistrados del fuero de la cabecera departamental.

Formalizado dicho procedimiento, el Tribunal de Alzada deberá comunicar los resultados a la SCJPBA y a la Procuración General de la Provincia de Buenos Aires, facilitando al propio tiempo el acceso a la información relativa a la radicación de los expedientes. Asimismo, con relación a las causas de transición del disuelto Tribunal, serán trasladadas desde su actual locación en la cabecera departamental, debiendo el magistrado, en coordinación con la Cámara de Apelación y Garantías jurisdiccional, adoptar los recaudos necesarios para no perjudicar la prestación del servicio de justicia.