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31 de julio de 2013 | 17:00

Crean portal web para difundir las decisiones adoptadas en el Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad aprobó la creación del “Protocolo para la difusión de resoluciones judiciales”.

Por Julio García Elorrio

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Consejo de la Magistratura de la Ciudad

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –CMCABA- dispuso la creación de un portal web para la difusión de decisiones adoptadas en el Poder Judicial de la Ciudad Aires en el marco de la aprobación del denominado “Protocolo para la difusión de resoluciones judiciales” –PDRJ-. Desde el CMCABA señalaron “que sin acceso a la información no es posible el ejercicio del control ciudadano ni la participación social, condiciones esenciales para la consolidación del sistema democrático, representativo, republicano y federal, conforme lo establece el artículo 1º de la Constitución Nacional”.

También el CMCABA precisó que “la difusión de procesos y resultados de la resolución de conflictos profundiza el conocimiento de la ciudadanía sobre sus derechos y, de ese modo, facilita el acceso a la Justicia”. Los integrantes del CMCABA consideraron además “que la difusión de las resoluciones judiciales a través de áreas institucionales del Poder Judicial de la Ciudad garantiza la imparcialidad de la fuente para la elaboración de las noticias judiciales”. El Departamento de Información Judicial - dependiente de la Secretaria Ejecutiva del CMCABA – tendrá a su cargo la implementación del PDRJ.

En el año 2012 se creó el Departamento de Información Judicial del CMCABA y entre sus funciones se encuentran “las de crear, editar y mantener actualizado un sitio web específico de carácter periodístico para la difusión del contenido y alcance de resoluciones judiciales, y la de resumir y difundir los fallos de mayor relevancia pública de los fueros Contencioso, Administrativo y Tributario, y Penal, Contravencional y de Faltas, y de aquellos que en el futuro se transfieran al ámbito local (artículo 160 ter. 1 y 3 de la Resolución CM Nº 843/10)”.

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PROTOCOLO PARA LA DIFUSIÓN DE RESOLUCIONES JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Artículo 1°

Las resoluciones judiciales que posean relevancia pública porque amplían el conocimiento de los derechos de los ciudadanos o de los mecanismos institucionales para acceder a ellos, incidan de modo relevante en la vida social, cultural, económica y política de la Ciudad de Buenos Aires, o impliquen formas innovadoras de aplicar el derecho, deberán ser enviadas por los Tribunales respectivos al Departamento de Información Judicial del Consejo de la Magistratura , con el texto completo y en formato electrónico a la dirección de correo infojud@jusbaires.gov.ar , en simultáneo con el inicio del proceso de notificación a las partes.

Artículo 2.

El Departamento de Información Judicial elaborará una síntesis informativa de la decisión judicial remitida, empleando un lenguaje que permita que los ciudadanos, incluidos aquellos con escasos conocimientos específicos de derecho, sean capaces de comprender su contenido y alcance, sin desmedro del rigor jurídico de la información.

Artículo 3.

Las resoluciones judiciales se publicarán y difundirán una vez que las partes intervinientes en el proceso hayan sido notificadas, salvo que el Tribunal al remitir la decisión aclare que la misma posee una trascendencia pública que exceda el interés particular.

Artículo 4.

En los casos en que las resoluciones judiciales mencionen a menores de edad o traten cuestiones alcanzadas por el derecho a la intimidad, o cuando el Tribunal lo disponga expresamente, previo a su publicación y difusión, el Departamento de

Información Judicial deberá reemplazar los datos identificatorios de las partes por iniciales y omitirá datos personales.

Artículo 5.

Una vez cumplimentados los extremos previstos en los artículos anteriores, el Departamento de Información Judicial publicará la síntesis informativa elaborada y el texto completo de la decisión en la página reservada a este fin dentro del Sitio Web que se creará al efecto. La misma información será difundida entre medios periodísticos especializados, de cobertura nacional y/o local.

Artículo 6.

Con posterioridad a la publicación prevista en el artículo anterior, el Departamento de Información Judicial realizará un monitoreo de las noticias periodísticas durante las 48 hs. siguientes a la difusión de la decisión judicial, y elaborará un informe con links de acceso a las noticias, que será enviado electrónicamente a los/las magistrados/as firmantes.