El Estado Nacional debe indemnizar a un ex - agente policial que cumplía funciones de custodia en el Palacio de Tribunales
Es una decisión de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal tras hacer lugar al reclamo de un Suboficial Escribiente que estuvo asignado al Juzgado Criminal de Instrucción N 39.
La Cámara en lo Civil y Comercial Federal ordenó que al Estado Nacional - Policía Federal Argentina/PFA -indemnizar en casi $ 30.000 a un Suboficial Escribiente retirado que sufrió un grave accidente en el Palacio de Tribunales cuando se desempeñaba en funciones de custodia en el Juzgado de Instrucción N 39. La medida fue dispuesta por la Sala I - Dres. María Susana Najurieta y Martín Diego Farrell - en las actuaciones caratuladas: “A M. A. C/ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DEL INTERIOR-POLICÍA FEDERAL S/DAÑOS Y PERJUICIOS que fueron iniciadas con el reclamo del agente para recibir una compensación por los daños sufridos tras caer desde el quinto piso al tercer piso del edificio principal del Poder Judicial de la Nación.
Según consta en el fallo al que tuvo acceso Noticiasjudiciales.INFO el demandante cumplía funciones en la División Seguridad y Enlace del Poder Judicial de la Nación, asignado al servicio de custodia del Juzgado de Instrucción n° 39, en el quinto piso del Palacio de Justicia y en la madrugada del día 18 de Agosto de 2003, cayó del quinto al tercer piso, donde fue encontrado con gravísimas heridas y fue trasladado al Complejo Médico Churruca-Visca. Permaneció tres meses en terapia intensiva y, posteriormente, un mes más en el servicio de traumatología.
En el sumario administrativo que instruyó la PFAno se pudo esclarecer completamente el suceso, pues no hubo testigos presenciales, el fuerte golpe en la cabeza que sufrió le provocó pérdida de la memoria y, en un primer encuadramiento, el hecho fue calificado de accidental y ocurrido “en servicio” En mayo del año 2004, se ordenó la ampliación de la investigación para determinar si había existido dolo o negligencia en la conducta del suboficial Acosta. El día 22 de Octubre de 2004, la División Seguridad y Enlace del Poder Judicial de la Nación concluyó esa profundización de la investigación, verificando que no habían entrado personas extrañas, que no había sido agredido por terceros y que el hecho debía calificarse de “accidental”.